Page 38 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
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Corte Superior de Justicia de Ica                                                                                      Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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                        diferentes  órganos  jurisdiccionales,    la  acumulación  a  iniciativa  del  juez
                        confiere  traslado  a  todas  las  partes   respecto  de  procesos  conexos  tramitados
                        procesales de los procesos conexos,       en  distintos  órganos  jurisdiccionales,
                        por  el  término  de  3  días,  a  fin  de   también se legitima si apreciamos que la
                        que  fundamenten  lo  pertinente,  y      resolución  que  finalmente  resuelve  la
                        asimismo  presenten  los  medios          acumulación  puede  ser  apelada,  lo  que
                        probatorios correspondientes; ii) El      significa un plus de garantía materializada
                        Juez  ―A‖  cursa  oficio  al  Juez  ―B‖   en  la  eventual  revisión  de  la  decisión
                        del  otro  proceso  judicial  conexo      primigenia de acumulación.
                        para los  efectos  a que se refiere el
                        primer  párrafo  del  artículo  90,  es   VIII.    CONTROL         DIFUSO        Y
                        decir,  para  que  no  se  expida  la     PROPUESTA DE LEGE FERENDA
                        sentencia de mérito; y asimismo, le
                        comisiona la notificación a la partes     Para  culminar,  en  el  presente  trabajo  no
                        procesales  del  proceso  tramitado       se  propone  como  alternativa  el  control
                        ante  el  Juez  ―B‖;  iii)  si  lo  desea   difuso, esto es, inaplicar el último párrafo
                        pertinente,  el  Juez  ―A‖  en  el  auto   del artículo 90 del CPC por dos razones:
                        motivado al que se hizo referencia,       i)  porque  el  control  difuso  es  de  última
                        también  podrá  citar  a  las  partes     ratio,  es  decir,  cuando  no  existe  vía
                        (incluidas las partes del proceso que     interpretación o integración una solución
                        conoce el Juez ―B‖) a una audiencia       razonable, y ii) porque a nuestro entender
                        especial,   en   observancia    del       el control difuso no se realiza respecto de
                        principio  de  inmediación;  iv)          normas  procesales,  sino  respecto  de
                        absuelto  el  traslado  por  las  partes   normas  sustantivas,  debido  a  que  en  el
                        procesales    sometidas     a    la       Derecho  Procesal  existen  los  suficientes
                        competencia de ambos jueces (―A‖          principios  para  dar  solución  a  los
                        y ―B‖), el Juez ―A‖ resuelve; v) la       problemas surgidos en la literalidad y los
                        decisión  es  apelable  sin  efecto       defectos de las reglas.
                        suspensivo.
                                                                  Así,  de  no  estimarse  viable  nuestra
                  Nótese  que  en  esta  propuesta  se  respeta   propuesta  de  integración,  queremos
                  en todo momento el contradictorio previo,       proponer una modificatoria legislativa del
                  y  con  ello  el  derecho  de  defensa,  e      tantas veces citado  y comentado artículo
                  inclusive, de estimarse necesario, el juez      90  del  CPC,  la  cual  debería  quedar
                  puede  llamar  a  una  audiencia  especial,     redactada de la siguiente manera:
                  con  lo  que  también  se  haría  presente  el
                  principio  de  inmediación,  todo  en  salva         La    acumulación     sucesiva   de
                  guarda  de  los  fines  del  proceso,  esto  es,     procesos,  si  es  a  pedido  de  parte,
                  resolver el conflicto de intereses jurídico          debe hacerse antes que uno de ellos
                  y  lograr  la  paz  social  en  justicia,            sea  sentenciado.  El  pedido  impide
                  manteniendo la vigencia y prevalencia del            la expedición de la sentencia hasta
                  debido proceso y la seguridad jurídica, al           que  se  resuelva  en  definitiva  la
                  evitarse pronunciamientos contradictorios            acumulación.
                  o implicados.                                        La    acumulación     sucesiva   de
                                                                       procesos, si es a pedido de parte, se
                  Asimismo,  la  integración  y  ulterior              solicita  ante  cualquiera  de  los
                  aplicación  del  artículo  90  del  CPC,  para       Jueces,      anexándose       copia




                            “La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”
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