Page 35 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
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Corte Superior de Justicia de Ica                                                                                      Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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                  hechos  de  la  causa‖  (pp.  96).  Así,  ―al   argumentos  que  ya  están  escritos  en  el
                  principio  de  la  iniciativa  de  parte  suele   presente   trabajo   supra,   señalando
                  denominársele  también  en  doctrina            tautológicamente,  que  la  acumulación
                  principio  de  la  demanda  privada,  para      sirve  al  proceso,  y  con  ello,  al  logro  de
                  significar  la  necesidad  de  que  sea  una    sus fines.
                  persona  distinta  al  juez  quien  solicite
                  tutela jurídica‖ (Monroy, 2009, pp. 187).       Es  la  Corte  Suprema  la  que  con  mucho
                                                                  tino ya hace más de 20 años ha dicho lo
                  Tal  iniciativa  de  parte,  como  se  señaló   siguiente:
                  desde  su  planteamiento  viene  para
                  respaldar  la  máxime  de  que  ningún               La acumulación de procesos es una
                  proceso  civil  se  inicia  ―de  oficio‖  o  a       institución  creada  en beneficio del
                  iniciativa  del  juez,  sino  que  únicamente        justiciable evitándole seguir varios
                  puede  generarse  a  pedido  de  parte.  Esto        juicios    con    la   consiguiente
                  no  sólo  como  respuesta  a  la  vieja              economía, también en favor de la
                  corriente  teórica  del  sistema  privatístico,      administración  de  justicia,  para
                  sino    también     a    las    máximas              evitar la posibilidad que se expidan
                  constitucionales  que  prevé  la  tutela             resoluciones    contradictorias   o
                  jurisdiccional  efectiva,  manifestada  en           implicantes, y en pro del ahorro del
                  acceso  a  la  justicia  y  en  el  derecho  a  la   trabajo  procesal  y  jurisdiccional.
                  efectividad de las resoluciones judiciales.          [CAS.     N°     1087-97-Lia,    El
                                                                       Peruano, 10-12-1998, p. 2198)
                  No  obstante,  iniciado  el  proceso,  la
                  referida  iniciativa  de  parte  deja  de  tener   Su apreciación redunda  en la nuestra. Si
                  ese  pomposo  protagonismo,  para  dar          la acumulación beneficia al justiciable -y
                  lugar al desarrollo del proceso a cargo de      con  ello  se  refiere  a  ambas  partes
                  su director: El Juez. Es justo aquí -muy al     procesales  en  contienda-,  y  también
                  margen  de  la  composición  antelada  del      beneficia a la administración de justicia -
                  litigio,  el  desistimiento  del  proceso  o  de   el  Poder  Judicial/Estado-;  entonces  ¿en
                  la  pretensión,  y  cualquier  otra  situación   realidad no estaría diciendo que beneficia
                  similar-  en  donde  el  proceso  cobra  otro   al  proceso,  en  su  amplia  mixtura
                  color,  el  color  característico  del  sistema   privatística  y  publicística?  Por  supuesto,
                  publicístico,  con  la  presencia  de  los      porque  solucionando  el  conflicto  de
                  principios  de  dirección  e  impulso  de       intereses,  se  da  atención  a  la  tutela
                  oficio,   integración,   vinculación   y        exigida  por  las  partes  procesales,
                  elasticidad;  todo  ello  por  el  carácter  de   obteniéndose  su  satisfacción;  pero  a  su
                  Derecho  Público  del  proceso,  así  como      vez se logra la paz social en justicia, el fin
                  para  garantizar  el  cumplimiento  de  sus     abstracto  que  el  Estado  persigue  para  la
                  fines concreto y abstracto.                     sana y armónica convivencia en el plano
                                                                  de las relaciones intersubjetivas.
                  En  ese  escenario,  la  figura  de  la
                  acumulación  constituye  una  herramienta       Es  decir,  se  compone  el  litigio  y  se
                  más  del  proceso,  pero  una  herramienta      avanza en la legitimación del servicio de
                  ¿para quién o para qué?                         justicia  que  se  ve  materializada  en  la
                                                                  vigencia  de  los  valores  que  se  trata  de
                  La  pregunta  parece  necia,  porque  de        promover     con   la    resolución   de
                  inmediato  podríamos  responder  con  los       controversias.  El  debate  iniciado  por




                            “La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”
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