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Corte Superior de Justicia de Ica Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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LA ADOPCIÓN. DERECHO FUNDAMENTAL DE
LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN
ESTADO DE ABANDONO
José Javier Magallanes Sebastián
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TEMA RELEVANTE
El autor distingue la Adopción de los niños, niñas y adolescentes declarados en estado de
abandono como un derecho fundamental, de la Adopción de infantes la cual obedece a
distintas circunstancias o como la propia norma reconoce, como excepcionales; exponiendo
como fundamento la falta de política estatal que haga más célere el proceso, sin sacrificar
la exhaustividad de la investigación tutelar y ulterior declaración judicial de abandono, en
consonancia con lo regulado en las normas supranacionales dispuestas y aceptadas por
nuestro país que así lo orientan.
PALABRAS CLAVE
Adopción. Niños, niñas y adolescentes. Estado de abandono. Protección integral.
INTRODUCCIÓN y adolescentes. Vino el cambio de
paradigma a partir de los principios que
Con la ratificación por parte del estado dicho instrumento internacional contenía,
peruano en el año 1990 de la Convención siendo desde nuestro punto de vista el
sobre los Derechos del Niño, se establece más relevante la concepción del niño,
un antes y un después en el tratamiento niña y adolescente como sujeto de
legal y concepción en general respecto de derecho; y en consecuencia, se reconoció
nuestros niños, niñas y adolescentes, pues al niño como sujeto de derechos humanos
se pasó de la doctrina de la situación genéricos, y derechos humanos
irregular que hasta antes de dicha específicos.
Convención imperaba, a la doctrina de la
protección integral. Es decir, se Así, el niño ya no es más visto como
transcurrió de tener en el mundo respecto objeto de compasión y protección, por el
del infante en general, una óptica que contrario se establece la obligación del
tenía como fuente ideológica el binomio Estado de brindar medidas de protección
compasión-represión y como paradigma para respetar y garantizar los derechos de
respecto de los niños en general, su la infancia y adolescencia.
incapacidad e inmadurez, a una óptica de
tutela y protección plena. ____________________
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Magister con mención en Derecho Civil y
La Convención sobre los Derechos del Comercial por la Universidad San Martin de
Porres de Lima. Abogado por la misma casa de
Niño, y su ratificación por parte de estudios. Jefe de la Oficina Desconcentrada de
nuestro país provocó la inmediata Control de la Magistratura ODECMA-ICA (2019-
adecuación de nuestra legislación 2020). Juez Superior Titular de la Corte Superior
respecto al tratamiento de nuestros niños de Justicia de Ica. Ex Juez Especializado de
Familia de la misma corte. Profesor Universitario.
“La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”