Page 90 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
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Corte Superior de Justicia de Ica                                                                                      Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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                  Respecto  al  tema  que  nos  contrae,  la      en  ese  medio,  tendrán  derecho  a  la
                  adopción,        los        instrumentos        protección  y  asistencia  especial  del
                  internacionales  más  importantes  que          Estado‖.
                  establecen  y  orientan  un  tratamiento
                  integral  del  mismo  son:  la  ―Declaración    Como  todo  derecho  fundamental,  el
                  sobre  los  principios  sociales  y  jurídicos   Estado se constituye como ente encargado
                  relativos a la protección y el bienestar de     de  su  cumplimiento,  y  así  lo  tiene
                  los  niños,  con  particular  referencia  a  la   claramente establecido la Convención en
                  adopción  y  la  colocación  en  hogares  de    el artículo 20.2, en el cual establece que
                  guarda,  en  los  planos  nacional  e           ―Los  Estados  Partes  garantizaran,  de
                  internacional‖ de fecha 3 de diciembre de       conformidad  con  sus  leyes  nacionales,
                  1986; la ―Convención sobre los Derechos         otros  tipo  de  cuidado  para  esos  niños‖,
                  del Niño‖ del 20 de noviembre de 1989;          estableciendo       la       Convención
                  y, el ―Convenio de la Haya en lo relativo       expresamente  las  herramientas  más
                  a  la  Protección  del  Niños  y  a  la         convenientes para lograr la protección de
                  Cooperación  en  materia  de  Adopción          los  derechos  de  los  niños  en  estado  de
                  Internacional‖ del 29 de mayo de 1993.          abandono, y así el artículo 20.3 establece
                                                                  que ―Entre esos cuidados figuraran, entre
                  Como  hemos  mencionado,  el  Perú  es          otras  cosas,  la  colocación  en  hogares  de
                  Estado Firmante de la Convención sobre          guarda, la kafala del derecho islámico, la
                  los Derechos del Niño, y por tanto dicho        adopción  o  de  ser  necesario,  la
                  instrumento  internacional  sobre  los          colocación en instituciones adecuadas de
                  derechos  de  los  niños,  niñas       y        protección de menores‖.
                  adolescentes es de carácter obligatorio; en
                  consecuencia,  a  través  de  los  últimos      Ahora bien, nuestra Constitución Política
                  años,      obligatoriamente      nuestros       del año 1993, en su artículo 55, establece
                  gobernantes han informado al Comité de          que los tratados celebrados por el Estado
                  los  derechos  de  los  niños,  y  sobre  los   y  en  vigor  forman  parte  del  Derecho
                  pasos  que  ha  dado  para  aplicar  lo         Nacional;  así,  dicha Convención  no sólo
                  establecido  en  la  aludida  convención;       por  dicha  cuestión  formal,  sino  también
                  entre otros, lo relativo a los avances en el    por  su  contenido  material,  posee  una
                  tratamiento  de  la  adopción  de  menores,     jerarquía  de  carácter  constitucional,
                  situación  de  sumo  importante  en  nuestra    principalmente por la materia de derechos
                  vida  como  país,  pues  la  misma  es  un      humanos  que  aborda,  entre  otros  como
                  indicador  a  tomar  en  cuenta  para           hemos  mencionado,  el  derecho  a  la
                  mostrarnos  como  una  sociedad  que            adopción  que  poseen  los  niños,  niñas  y
                  garantiza la protección y desarrollo de la      adolescentes en estado de abandono.
                  dignidad  humana  fundamental  de  la
                  infancia.                                       I.  ANTECEDENTES  HISTÓRICOS
                                                                  DE LA ADOPCIÓN
                  El  tratamiento  de  la  adopción  como  un
                  derecho fundamental en la Convención, la        La adopción ha evolucionado a través del
                  encontramos  en  primer  lugar  en  el          tiempo. En Roma existieron dos clases de
                  artículo  20.1,  estableciendo  que  ―Los       adopción:  la  arrogación  y  la  adopción
                  niños  temporal  o  permanentemente             propiamente  dicha.  La  primera,  fue  la
                  privados  de  su  medio  familiar  o  cuyo      forma más antigua. A través  de ella una
                  superior interés exija que no permanezca        persona de condición sui iuris se sometía




                            “La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”
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