Page 93 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
P. 93

Corte Superior de Justicia de Ica                                                                                      Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
                                                             90

                                                                  vinculación  con  relación  al  futuro
                  COMENTARIO RELEVANTE DEL AUTOR                  adoptante,  como  el  de  aquel  que  posea
                  Un  primer  cuestionamiento  que  se  nos       vínculo matrimonial con el padre o madre
                  presenta,  es  si  la  adopción  de  los  niños,   del niño, niña o adolescente por adoptar,
                  niñas  y  adolescentes  en  estado  de          manteniendo en este caso el adoptado, los
                  abandono     constituye   un    derecho         vínculos de filiación con el padre o madre
                  fundamental  de  estos  en  su  condición  de   biológicos; también del que posea vinculo
                  probables adoptados.                            de  parentesco  hasta  el  cuarto  grado  de
                                                                  consanguinidad  o  segundo  de  afinidad
                                                                  con el niño, niña o adolescente pasible de
                  judicialmente declarados en abandono;  y        adopción;  y  del  que  ha  prohijado  o
                  ii) La adopción de menores de edad que          convivido con el niño, niña o adolescente
                  por  circunstancias  especiales  no  es         por adoptar, durante un periodo no menor
                  necesario  declararlos  en  abandono  para      de dos años
                  proceder a su adopción.
                                                                  En  nuestro  país,  según  Cuadernos  sobre
                  Respecto     del    primero    de     los       Poblaciones  Vulnerables  N°  03,  al  año
                  mencionados,  es  una  adopción  que            2013,  19865  niños,  niñas  y  adolescentes
                  transita  por  la  vía  administrativa,         se  encontraban  institucionalizados.  De
                  mediante  la  cual  podrán  solicitar  la       ellos, el 43.5% se encuentran distribuidos
                  Adopción  los  peruanos  o  extranjeros         entre  los  35  hogares  del  INABIF  y  los
                  residentes o aquellas personas que viven        246  Centros  de  Atención  Residencial
                  en  países  con  los  cuales  el  Perú  haya    privados que supervisa dicho organismo;
                  suscrito  convenio  de  adopción  y  existan    el  29.40%  en  las  27  aldeas  infantiles  de
                  entidades  colaboradores  de  adopción          los  Gobiernos  Regionales;  y  el  27.10%
                  autorizadas  para  promoverlas  en  nuestro     por  ciento  en  los  18  albergues  de  la
                  país,  y  tal  como  se  ha  expresado          Beneficencia  Pública.  (Editado  por  el
                  previamente  debe  haberse  declarado  al       Ministerio  de  la  Mujer  y  Poblaciones
                  infante   en    estado   de    abandono,        Vulnerables).  Recientemente  la  misma
                  declaración que se efectúa por un Juez de       fuente que al año 2017, 2737 niños, niñas
                  Familia,  en  tanto  que  la  solicitud  de     y  adolescentes  tienen  más  de  dos  años
                  adopción  se  presentan  ante  la  Secretaria   continuos de institucionalizados.
                  Nacional  de  Adopciones  a  cargo  del
                  Ministerio  de  la  Mujer  y  Poblaciones       Un  primer  cuestionamiento  que  se  nos
                  Vulnerables.     Dicho     procedimiento        presenta,  es  si  la  adopción  de  los  niños,
                  administrativo  cuenta  con  tres  etapas,  a   niñas  y  adolescentes  en  estado  de
                  saber:  etapa  preadoptiva  o  evaluativa,      abandono     constituye    un    derecho
                  etapa adoptiva; y etapa de seguimiento y        fundamental de estos en su condición de
                  acompañamiento post adoptivo.                   probables adoptados. Sobre dicho tópico,
                                                                  en  primer  lugar  que  si  bien  nuestra
                  En  cuanto  al  segundo  tipo  de  adopción,    Constitución  no  califica  a  todos  los
                  éstas se tramitan exclusivamente en la vía      derechos      constitucionales     como
                  judicial,  teniendo  su  amparo  legal  en  el   fundamentales,  sino  que  lo  circunscribe
                  artículo  128  del  Código  de  los  Niños  y   en  forma  taxativa  dicha  calificación  de
                  Adolescentes,  y  la  misma  se  realiza        fundamentales a aquellos consagrados en
                  debido  a  la  existencia  respecto  del  niño,   el Capítulo I, no obstante la ley 28237 –
                  niña  y  adolescente,  de  un  tipo  de         Código  Procesal  Constitucional,  emplea




                            “La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”
   88   89   90   91   92   93   94   95   96   97   98