Page 19 - Controversia Territorial entre Venezuela y Guyana
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ESCENARIOS PROCESALES INMEDIATAS DE LA SOLICITUD CONTENCIOSA
                      PRESENTADA POR GUYANA CONTRA VENEZUELA ANTE LA CORTE
                                         INTERNACIONAL DE JUSTICIA (CIJ)

              Como información de carácter procesal de las actuaciones judiciales inmediatas luego de
               presentada la solicitud de inicio del procedimiento contencioso ante la Corte Internacional
               de  Justicia  (CIJ)  por  Guyana  contra  Venezuela  en  fecha  29.03.2018,  con  motivo  a  la
               controversia  territorial  del  Esequibo,  a  la  luz  del  Estatuto  y  el  Reglamento  de  la  CIJ,
               constamos que los actos por materializarse próximamente serán:

            1. LA NOTIFICACIÓN A LAS PARTES INTERESADAS.

              La próxima actuación procesal luego de presentada la solicitud de inicio de procedimiento
               de  Guyana  contra  Venezuela  en  la  CIJ,  será  la  notificación  por  parte  del  Secretario
               General de la CIJ a todos los interesados, de conformidad con el numeral 2 del artículo 40
               del Estatuto de la CIJ.

              En vista que el objeto de la solicitud formulada por Guyana es la declaración de la validez
               del Laudo del Tribunal de Arbitraje en relación con el límite entre la colonia de la Guayana
               Británica  y  los  Estados  Unidos  de  Venezuela,  del  3  de  octubre  de  1899,  los  Estados
               interesados directos a los que debería notificar el Secretario General de la CIJ son: Reino
               Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Venezuela.

              La notificación la dirigirá el Secretario General de la CIJ a las respectivas embajadas de
               los Estados interesados con sede en los Países Bajos, y tendrá efectos jurídicos una vez
               conste en el expediente judicial. Así mismo, conforme con el artículo 42 del Reglamento
               de la CIJ, el Secretario General del CIJ deberá notificar a los Miembros de las Naciones
               Unidas y al Secretario General de las Naciones Unidas.

              A la presente fecha seguramente habrá llegado la notificación con copia certificada de la
               solicitud guyanesa en la misión permanente de Venezuela con sede en los Países Bajos,
               sin que la Cancillería venezolana se haya pronunciado públicamente al respecto.


            2. NOMBRAMIENTO DE LOS AGENTES QUE REPRESENTARÁN A LAS PARTES ANTE
            LA CIJ.


              De  acuerdo al artículo  42 del Estatuto  de  la  CIJ  los  Estados  estarán  representados  en
               juicio  por  agentes,  pudiendo  nombrar  adicionalmente  a  co-agentes,  consejeros  y
               abogados,  todos  ellos  gozarán  de  privilegios  e  inmunidades  necesarios  a  los  fines  de
               ejercer sus funciones. Conforme al numeral 2 del artículo 40 del Reglamento de la CIJ el
               demandado -en este caso Venezuela- informará a la CIJ al recibir la copia certificada de la
               solicitud  el  nombre  de  su  agente,  siendo  que  si  no  lo  hace  en  ese  momento  deberá
               hacerlo lo antes posible después de haberla recibido.

              Es  posible  que  el  gobierno  venezolano  a  esta  fecha  haya  nombrado  al  agente  y
               coagentes a los fines de representarnos, sin publicar oficialmente la información, siendo
               en caso de no haberlo hecho que esté definiendo la persona encargada de desempeñarlo
               para nombrarlo lo más pronto.
              Guyana por su parte ya nombró en su escrito de solicitud de inicio de procedimiento a su                Página19
               agente  y  coagentes,  en  este  sentido,  el  mencionado  escrito  manifiesta  expresamente:


                                              Cambiemos – Movimiento Ciudadano

                           Dirección: Avenida Francisco de Miranda, Torre Mene Grande, PB, Los Palos Grandes, Caracas, Venezuela
                                 Teléfono: +58 212 2854433 Correo: contacto@cambiemos.org Web: www.cambiemos.org
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