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través de la justificación del concepto genérico puertas hacia definir ¿Qué es necesidad públi
y abstracto del bien común. ca?, topándonos con la sorpresa que es todo
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lo que una ley aprobada por el Congreso lo
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La raigambre histórica de dichos términos se en considere así. LU
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cuentra en la legislación en materia expropiatoria l/>
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e incluso en la necesidad pública subyacente a Sin perjuicio de ello, la doctrina que se ha ocu
DERECHO
las normas especiales de reversión de terrenos pado sobre el tema ha buscado definir algunos MINERO,
AMBIENTAL
eriazos del Estado dispuesta por las Leyes 11061, términos como es el caso de la necesidad públi Y DE LOS
RECURSOS
14197, 17716,18460,19462, 19955, 19959 y de ca, siendo la siguiente: ENERGETICOS
más disposiciones conexas y complementarias.
"Necesidad pública es todo aquello de lo que
La expropiación especialmente, constituye un no puede prescindir la colectividad}/utilidad
régimen de excepción a la inviolabilidad de la pública todo aquello que representa un bene
propiedad privada consagrada por el artículo ficio para la colectividad. La primera legitima
70 de nuestra vigente Constitución Política. Al la intervención estatal si la obra a realizar es
respecto, de manera indistinta se ha justificado imprescindible a la comunidad, la segunda
la expropiación a nivel histórico a través del uso requiere, simplemente, que la beneficie. En
de los términos de bien público', interés público1 2, ambos casos no será posible determinar en
utilidod pública3 4 5, interés social4 y, los vigentes, términos absolutos lo im prescindible o lo
necesidad pública5 y seguridad nacional6. beneficioso, son nociones cuyo contenido se
renueva día a día, varía de un sistema político
Sobre el particular, un sector de la doctrina a otro. En definitiva corresponde al Estado
advierte respecto a las causas expropiandi que: pronunciarse en cada situación concreta8!'
"Algunos podrían decir que el interés social Por otro lado, sobre el concepto de interés pú
es un concepto abierto que admite cualquier blico se ha afirmado que:
lectura, lo mismo que la necesidad pública y la
seguridad nacional. En tal sentido, la interpre "(...) a) el interés público se define como
tación congreso!, siempre 'creativa' y 'autén el conjunto de intereses individuales, que
tica', podría cambiar los contenidos según lo siendo concretos y específicos, actuales o
que mejor se acomode al momento político"7. potenciales, son compartidos por una m a
yoría de individuos e imputados a toda la
Ello evidencia la amplitud conceptual de los sociedad, b) la imputación de dichos interés
términos que, más que limitar, abren nuevas a favor de toda la sociedad debe provenir de
1. Artículo 165 de la Constitución de 1828, artículo 161 déla Constitución de 1834 y el artículo 167 de la Constitución
de 1839.
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2. Numeral 3 del artículo 84 de la Constitución de 1826.
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3. Artículo 25 de la Constitución de 1856, artículo 26 de la Constitución de 1860, artículo 25 de la Constitución Q_
LO
de 1867, artículo 38 de la Constitución de 1920, artículo 29 de la Constitución de 1933 y el artículo 125 de la LU
Constitución de 1979.
4. Artículo 125 de la Constitución de 1979.
LO
OI
5. Artículo 125 de la Constitución de 1979 y artículo 70 de la Constitución de 1993.
3
6. Artículo 70 de la Constitución de 1993. h»
7. MEJORADA CHAUCA, Martín. "La necesidad de expropiar: a propósito de la Ley 29320". En: lus et veritas, Volumen. 19. 3
N3 38. Lima: 2009 §
Q
8. GARCÍA MONTÚFAR, Guillermo. Apuntes de Derecho Minero Común. Lima: Cultural Cuzco, 1989
A f e c t a c i ó n d e c a n t e r a s p o r e l E s t a d o p a r a l a e j e c u c i ó n d e o b r a s d e i n f r a e s t r u c t u r a 67