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la Constitución (como manifestación directa   Mientras que si se tratara de terrenos del Estado
                     de la soberanía) o de la ley (como manifesta­  o de Municipalidades son de aprovechamiento
                     ción  de la  legitimidad democrática) ya  que   común a través de concesiones especiales, pu-
                     tratándose del reconocimiento  de intereses   diendo el gobierno reglamentar su explotación.
                     social mente relevantes y  de la asignación de
                     potestades concretas al aparato estatal para   En otro momento histórico, nuestro ordenamien­
                     satisfacerlas, sólo a través de estos medios, es   to se refirió a los materiales de construcción en
                     posible afirmar la definición o consagración   diversos  momentos.  Por ejemplo, en  el  marco
                     del interés  público,  c)  el  interés público  es   del Decreto Ley 18880, se afirmaba lo siguiente:
                     la  manifestación  concreta  de  aspiraciones
                     sociales específicas, d) la Administración Pú­  "Artículo  16.- La concesión de sustancias no
                     blica  aparece como la  organización  estatal   metálicas  de  materiales  de  construcción  en
                     destinada a cumplir la función de satisfacer   zonas  urbanas  o  de  expansión  urbana,  se
                     dichas  aspiraciones,  ya  sea  brindándolas   otorgará una exploración hasta por un año,
                     directamente o  facilitando  las  condiciones   y para explotación por un plazo no mayor de
           Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                     para  que individualmente sean  alcanzadas   10 años, prorrogable a juicio de la autoridad
                     por parte de  los  ciudadanos,  de  acuerdo  al   minera por plazos de igual término. Si la au­
                     diseño  constitucional  de  la  participación   toridad minera denegara la prórroga, el área
                     estatal en tales actividades (.. .)"9.       no podrá ser materia de una nueva concesión.
                                                                  La extensión de cada concesión no excederá
                 Por otro lado tenemos a la figura de la expro­   de cien hectáreas".
                 piación y -en  su  momento- la  reversión  que
                 constituyeron medidas del Estado que limitan   Para el otorgamiento y prórroga de esta clase de
                 -o limitaron- la  propiedad privada  con justi­  concesiones, se solicitará opinión del Ministerio
                 ficación en conceptos genéricos relacionados   de Vivienda y dictamen del Comité de Sustan­
                 al  bien  com ún,  la  afectación   de  canteras   cias No-Metálicas de Materiales de Construcción
                 por  el  Estado  para  la  ejecución  de  obras  de   en Zonas Urbanas y de Expansión Urbana, cons­
                 infraestructura  se  erige  como  excepción  al   tituida por cuatro funcionarios con categoría de
                 régimen de concesiones mineras, por un lado   Director, dos de los cuales serán designados por
                 y muchas veces como una limitación frente a   el Ministerio de Energía y Minas y los otros dos
                 los derechos otorgados.                      por el Ministerio de Vivienda.


                 En el Código de Minería de 1901, se estableció   Las  condiciones  a  que  se  sujetará  la  explota­
                 que la extensión de la  propiedad minera tenía   ción de estas concesiones, serán determinadas
                 como  excepción  ciertas  sustancias  que  le co­  en cada caso por el  Comité a  que se refiere el
                 rrespondían  al  dueño del  suelo, como  piedras   párrafo anterior y constarán en el Título corres­
                 silíceas, pizarras, areniscas o asperones, granitos,   pondiente.
                 basaltos, piedras y tierras calizas; las serpentinas,
                 mármoles, alabastros, pórfidos, jaspes y todos   Similar  redacción  se  optó  en  la  elaboración
                 los materiales análogos de construcción y orna­  del  artículo  22  del  Decreto  Legislativo  109.
                 to; el yeso, arenas, margas, kaolín, esmeril, tierras   Sin  embargo,  en  el  marco  del  Decreto  Ley
                 arcillosas y batán; el ocre, almagre y demás tie­  18880,  se  establecían  restricciones  para  el
                 rras colorantes; las tierras piritosas, aluminosas   otorgam iento  de  concesiones  para  el  apro­
                 y magnesianas; la esteatita, los fosfatos calizos   vecham iento de  materiales de construcción,
           AD VO C A TU S   135   9.   TIRADO, José Antonio. La ejecución forzosa de los actos administrativos en la Ley 27444. En: Comentarios a la Ley del
                 y la turba -artículo 2-
                                                              como la siguiente:





                     Procedimiento Administrativo General, Segunda parte. Lima: Ara Editores, 2003



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