Page 116 - Edición N° 32
P. 116

5.   La nulidad manifiesta implica que la misma   arbitral antes de plantear una excepción
               se  evidencie de  manera  clara  del  propio   en la vía judicial.                            <
               documento que contenga al convenio.                                                           ü
                                                         8.  No es aceptable  una  interpretación  poco
           6.   El margen de acción de los jueces se limita,   rigurosa  según  la cual  para  poder arbitrar,   i/>
               bajo  ciertas  condiciones,  a  analizar si  los   las partes tengan primero que litigar en sede
               convenios  arbitrales  son  nulos;  no anula-   judicial sobre la validez del convenio arbitral  y SrStoales
               bles o ineficaces.                           celebrado. Esta posibilidad debe ser excepcio­
                                                            nal y restringida, y sugerimos que así lo com­
           7.   Para evitar comportamientos oportunis­      prendan las cortes. De lo contrario, ocurriría
               tas  de  deudores  que  pretendan  hacer     que, paradójicamente, se evite lo inevitable,
               irrelevante el convenio arbitral, es prefe­  o, lo que es lo mismo, que el convenio arbitral
               rible  para  el  acreedor iniciar  un  proceso  haya nacido para vivir muriendo.























                                                                                                         in
                                                                                                         U J
                                                                                                         _ J
                                                                                                         <
                                                                                                         Z
                                                                                                         O
                                                                                                         u
                                                                                                         <
                                                                                                         1/1
                                                                                                         U J
                                                                                                         cc
                                                                                                         O
                                                                                                         I—
                                                                                                         n
                                                                                                         <


                                                                                                         U J
                                                                                                         <
                                                                                                         cc
                                                                                                         cc¡
                                                                                                         cc
                                                                                                         <


                                                                                                        CN
                                                                                                        CO
                                                                                                        s

                                                                                                        2
                                                                                                        §
                                                                                                        Q




            ¿  N  a  c  e  r    p  a  r a     v  i v  i r    m  u  r i e  n  d  o  ?  L  a     n  u  l i d  a  d     m  a  n  i f i e  s  t a     d  e l    c  o  n  v  e  n  i o     a  r b  i t r a  l  1 1 3
   111   112   113   114   115   116   117   118   119   120   121