Page 206 - Edición N° 32
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           En  mi  opinión  no.  Las  partes  eligieron  a  los   El numeral 2 del artículo 62 fue redactado con la
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           árbitros o la forma como estos son designados.   clara intención (y así se discutió en la Comisión)
                                                                                                             >
           Si  tiene  malos árbitros que  no  saben  motivar   de evitar cualquier revisión de la motivación:  LU
                                                                                                             CC
            as  partes  deben  asumir  las  consecuencias.
           Recordemos  además  que según  el  numeral  1     "2. El recurso se resuelve declarando la validez
                                                                                                             LU
           del artículo 56 de la Ley de Arbitraje las partes   o la nulidad del laudo. Está prohibido bajo
           pueden acordar que el laudo no sea motivado:      responsabilidad, pronunciarse sobre el fondo
                                                             de la controversia o sobre el contenido de la
               "7. Todo laudo deberá ser motivado, a menos   decisión o calificar los criterios, motivaciones
               que las partes hayan convenido algo distinto  o interpretaciones expuestas por el tribunal
               0 que se trate de un laudo pronunciado en los   arbitral".
               términos convenidos por las partes conforme
               al artículo 50. Constarán en el laudo la fecha   Es artículo fue intencionalmente redundante y
               en que ha sido dictado y el lugar del arbitraje   describió lo que no se puede hacer usando varias
               determinado de conformidad con el numeral  expresiones verbales que parecen sinónimos en
                1 del artículo 35. El laudo se considera dictado   muchos casos,  para  dejar muy claro que no se
               en ese lugar."                            quiere  ninguna  revisión  bajo  responsabilidad.
                                                         La Corte de Anulación no puede (i) pronunciarse
            La motivación es en el arbitraje, prescindible.  sobre el  fondo,  (ii)  pronunciarse  sobre el  con­
                                                         tenido, (iii) calificar los criterios,  (iv)  calificar las
            Pero esta norma, leída conjuntamente con el 62,   motivaciones y (v) calificar las interpretaciones.
            lleva a considerar que basta que exista una mo­
           tivación, pero no se exige que la misma sea ade­  Siempre  he creído  que  diferenciar  un  defecto
           cuada. Si las partes no pactaron en contra de la   de  motivación  de  un  argumento de fondo  es
            motivación, los árbitros cumplen incluyendo una   artificial y así lo muestra la jurisprudencia que
            motivación, peor no es necesario que esa moti­  en  eso  no  es consistente.  Cuando  califican  la
           vación cumpla alguna característica adicional.  logicidad del  laudo, el  uso de una  prueba o la
                                                         interpretación de una norma bajo la excusa de
            Es  causal  de  anulación  que  el  arbitraje  no  se   defectos de motivación, en el fondo están dis­ Revista editada  por alumnos de la  Facultad de  Derecho de la  Universidad de Lima
            siguió de acuerdo a las reglas pactadas. Si creo,   frazando la revisión de fondo de otra cosa. Pero
            sin  embargo,  que  las  partes si  pueden  pactar   las partes pactaron que el fondo lo resuelven los
            que la motivación debe ser adecuada y correcta,   árbitros.  No es  lógico  que, cerrada  esa  puerta
            en cuyo caso se abre la posibilidad de revisión   por  el  convenio  arbitral,  se  meta  la  revisión
            por la Corte de anulación.                   judicial por la ventana.
















                                                                                                          ADVO C ATU S  132












             A  l g  u  n  a  s  c  o  n  s  i d  e  r a  c  i o  n  e  s     s o  b  r e  e  a  u  d  o     a  r b  i t r a  l  y  I   e  r e  c  u  r s  o     d e  a  n  u  l a  c  i ó  n  2 0 3
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