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así como la distinción con las condiciones de Por su parte, Paolo D'onofrio expresa que "parte
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la acción denominada legitimidad para obrar en sentido formal, es aquel que está en juicio <
diferenciado la ordinaria de la extraordinaria, bien como actor, bien como demandado, y u
así como analizar las implicancias y conse que por el solo hecho de estar en juicio tiene ui
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cuencias procesales que generan el carecer o puede tener algunos o todos los derechos l/>
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de estas. y deberes de las partes. Parte en sentido
LITIGIOS
PROCESALES
material es aquel en cuyo interés o en contra Y ARBITRALES
La finalidad principal que se desea obtener por del cual se provoca la intervención del poder
medio de este artículo es que quede claro las jurisdiccional"3
diferencias que existen entre estas dos institu
ciones procesales para que de esa forma se pue Se puede advertir que la calidad de parte
dan evitar interponer aclaraciones, correcciones demandante o parte demandada las pueden
o nulidades al desarrollo del proceso así como asumir las mismas que intervinieron en el
una mala defensa por parte de los abogados conflicto o a través de sus representantes lega
a sus clientes sea como parte demandante o les -para los que solo cuentan con capacidad
demandada. para ser parte del proceso- o por medio de sus
representantes voluntarios - para aquellos que
II. NOCIÓN DE PARTE DEL PROCESO cuentan con capacidad procesal pero que por
determinados motivos no quieren o no pueden
Sin duda los sujetos que intervienen en todo ejercer sus derechos, obligaciones o cargas pro
proceso judicial son: el Juez, las partes, los cesales por sí mismos - es decir, no es necesario
terceros, el abogado, los órganos de auxilio que la parte demandante o parte demandada
judicial, los auxiliares jurisdiccionales entre sean los titulares del derecho invocado o de la
otros. Empero, la noción de parte se atribuye obligación a ser exigida. En tal virtud, "partes i/i
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específicamente a dos: a los sujetos determi procesales serán aquella que formule y aquella _I
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nantes del desarrollo del proceso, es decir, al frente a quien se formule la pretensión objeto z
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sujeto activo o parte demandante y al sujeto del proceso"4 u
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pasivo o parte demandada. Pues, el desarrollo z
de todo proceso judicial se basa en el principio Las partes esenciales que determinan el inicio y 1/1
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de bilateralidad o dualidad de las partes. En la continuación del desarrollo del proceso judi O
todo proceso judicial debe existir como míni cial se denominan: parte actora, sujeto activo o t—
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mo una parte frente a otra, partes que deben demandante y parte demandada o sujeto pasivo
ser diferentes y opuestas, ya que uno mismo del proceso.
no puede ser parte demandante y demandada
de sí mismo. Rosenberg, citado por Matheus 1. Sujeto activo o demandante.
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López, señala que"todo proceso presupone dos LU
partes, de las cuales la una solicita tutela jurídica Es aquel que interpone la demanda. Es "la per
contra la otra (...) resultando de aquel que nadie sona que propone la demanda"5. Con la presen
puede litigar consigo mismo, ni siquiera como tación de la demanda por parte del actor se da
representante de otro"2 inicio al desarrollo del proceso.
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2. MATHEUS LÓPEZ, Carlos Alberto. Parte, tercero, acumulación e intervención procesal. Primera edición. Lima: CN
CO
editorial Palestra Editores S.R.L 2001. p. 22.
3. íbid. p. 20. H-
2
4. GUASP, Jaime. La Pretensión procesal. Madrid. Editorial Civitas, 1985, p. 93.
§
5. CALAMANDREI, Piero. Instituciones de Derecho Procesal Civil. Volumen II. Buenos Aires, ed. Jurídicas Europa- Q
America. 1962, p. 297.
A s p e c t o s d i f e r e n c i a d o r e s e n t r e l a c a p a c i d a d d e l a s p a r t e s y l a l e g i t i m i d a d p r o c e s a l . . . 2 7 9