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2. Sujeto pasivo o demandado. ra, exigiéndose aquellos a todos los sujetos
del proceso (...) puede observarse así que los
"la persona contra quien se la propone"6. Es presupuestos procesales poseen un carácter
aquel contra quien se interpone la demanda. estructural, esto es, puramente procesal."7
Después de ser presentada la demanda y de
ser calificada, esta debe ser notificada al de Los presupuestos procesales son, entonces,
mandado, para que pueda hacer ejercicio de su "los requisitos necesarios para que pueda
derecho de defensa. constituirse un proceso válido, o una relación
procesal válida.8
Es importante precisar que así como el Juez
debe cumplir con determinados requisitos para Chiovenda señala que son "las condiciones
poder encargarse de un proceso - ser el compe necesarias para que se consiga un pronuncia
miento cualquiera, favorable o desfavorable,
tente en materia, grado y cuantía - también las sobre la demanda"9. Para Satta los presupues
partes del proceso, demandante y demandado tos procesales son aquellos requeridos para la
Universidad de Lima de forma para poder apersonarse al proceso y una sentencia cualquiera que sea"10
validez del proceso, y por lo tanto para obtener
deben cumplir con determinados requisitos
hacer uso de su derecho de acción a través de
la presentación de la demanda. Acto jurídico
La capacidad de las partes del proceso se divide
en: la capacidad para ser parte del proceso y la
procesal por el que se materializa el derecho de
capacidad procesal.
acción conteniendo una o varias pretensiones
dirigidas contra el demandado, quien en su
Facultad de Derecho de la fondo, debiendo cumplir también con deter a la capacidad jurídica o de goce del derecho civil,
1.
La capacidad para ser parte del proceso.
debida oportunidad podrá apersonarse y hacer
uso de su derecho de defensa de forma o de
La capacidad para ser parte del proceso equivale
minados requisitos de forma. Los requisitos de
forma que las partes deben cumplir, entre otros,
"se identifica con la capacidad para ser sujeto de
derecho"11. Es decir, es inherente al ser humano,
se denomina: La capacidad.
la posee todo sujeto de derecho y a nadie se le
puede privar de poder ser parte de un proceso ya
III. NOCIÓN DE CAPACIDAD
por alum nos de la La capacidad con la que deben contar las partes sea como parte demandante o como demanda
do. La tiene todo ser humano por su calidad de
del proceso constituye un presupuesto procesal
humano, de ser un ser libre, por poseer voluntad
más del proceso. "Los presupuestos procesa
y racionalidad. La capacidad para ser parte de un
proceso viene a ser la aptitud que tiene todo suje
les, como su propia denominación indica, son
to de derecho para poder ser titular de derechos
elementos que deben existir previamente, a
Revista editada efectos que se configure un proceso cualquie y obligaciones procesales.
6.
Ibid, lo e Cit.
7. MATHEUS López, Carlos Alberto. Op. Cit., p. 29.
8. VESCOVI, Enrique. Teoría General del Proceso. Santa Fe de Bogotá, Temis. 1999. p. 80.
132 9. CHIOVENDA, Giuseppe. Instituciones de Derecho Procesal Civil. Tomo I, Madrid, Editorial Revista de Derecho
Privado, primera edición, 1936. p. 71.
A D V O C A T U S 10. SATTA, Salvatore. Manual de Derecho Procesal Civil. Traducción de la sétima edición italiana por Santiago Sentís
Melendo y Fernando de la Rúa, volumen I, Buenos Aires, EJEA: 1971. p. 128.
11. SATTA, Salvatore. Manual de Derecho Procesal Civil, Volumen I.Trad. Sentís Melendo y De la Rúa. Buenos Aires, edi.
Jurídicas Europa- América, 1971. p. 85.
2 8 0 B e a t r i z A . F r a n c i s k o v i c I n g u n z a