Page 284 - Edición N° 32
P. 284
"Se refiere o lo aptitud para ser titular de los llevar un proceso como parte, por sí mismo o
derechos, cargas y obligaciones que se deri por medio del apoderado procesal a quien se
<
van de la realidad jurídica que es el proceso. le haya encomendado"14 U
Estamos aquí ante el correlativo de la capa LU
CL
cidad jurídica" 12 La capacidad procesal en principio la adquiere VA
LU
cualquier persona a partir de los dieciocho años,
LITIGIOS
PROCESALES
Aquel que cuente únicamente con capacidad con excepción de los incapaces absolutos y Y ARBITRALES
para ser parte del proceso, como el concebido, relativos o los supuestos contemplados en el
las personas jurídicas, el patrimonio autónomo párrafo anterior respecto a las menores de 14
o los menores de edad por ejemplo - con excep años que hayan dado a luz, o menores de 16
ción de los niñas de 14 años que hayan alumbra que hayan contraído matrimonio o cuenten con
do un hijo o los menores de 16 años que hayan título oficial que les permita ejercer una profe
contraído matrimonio o que hayan obtenido sión u oficio. En todos los demás supuestos, toda
algún título oficial que les autorice para ejercer persona natural puede ejercer por sí mismo sus
una profesión u oficio, quienes adquieren ca derechos y obligaciones procesales.
pacidad procesal solo para algunas materias de
temas de familia, conforme lo establece el artí Al respecto hay que tener en cuenta que está
culo 46 del Código Civil - pueden actuar en un capacidad procesal encuentra relación con la
proceso mediante sus representantes legales, representación voluntaria. Es decir, una per
sus padres o tutores y, o curadores respectivos.13 sona natural por alguna situación de hecho
puede delegarde manera voluntaria poderes o
La capacidad para ser parte de un proceso se facultades de representación para que otra en
encuentra recogido en el artículo 57° del Código su nombre e interés ejerza determinados actos
Procesal Civil que a la letra dice: Toda persona procesales. Los efectos del presente proceso l o
LU
natural o jurídica, los órganos constitucionales recaerán sobre el representado y no sobre el
<
autónomos y la sociedad conyugal, la sucesión representante. El que es parte del proceso viene Z
O
indivisa y otras formas de patrimonio autóno a ser el representado más no el representante. u
<
mo, pueden ser parte material en un proceso. z
Esta capacidad procesal se encuentra regulada LO
LU
2. La capacidad procesal. en el artículo 58 en concordancia con el artículo CC
o
63 del Código Procesal Civil que señala: artículo \-
Z>
<
Viene a ser equivalente a la capacidad de ejerci 58 "Tienen capacidad para comparecer por sí a
cio o de obrar del derecho sustantivo. Consiste un proceso o para conferir representación de
en aquella aptitud para poder ejercer por sí signando apoderado judicial, las personas que
mismos sus obligaciones y derechos procesales. pueden disponer de los derechos que en él se
<
La "Capacidad procesal es la capacidad para hacen valer, así como aquellas a quienes la ley LO
LU
U
O
cc
Q_
0
1
u
12. MONTERO AROCA, Juan; ORTELLS RAMOS, M. y GÓMEZ COLOMER, J.L. Derecho jurisdiccional. Volumen II, cc
LU
Barcelona, Bosch, 1994. p.15. cc
UJ
o
13. "Artículo 46,-C apaódad adquirida por m atrim on io o título oficial
La incapacidad de las personas mayores de dieciséis (16) años cesa p o r m atrim onio o p o r obtener título oficial que les
autorice para ejercer una profesión u oficio. La capacidad adquirida po r m atrim onio no se pierde p o r la term inación CM
CO
de este. Tratándose de mayores de catorce (14) años cesa la incapacidad a p a rtir del nacim iento del hijo, para realizar
solam ente los siguientes actos: 1. Reconocer a sus hijos. 2. D em andar p o r gastos de em barazo y parto. 3. D em andar y S
ser pa rte en los procesos de tenencia y alim entos a favor de sus hijos. 4. D em andar y ser parte en los procesos de filiación
extram atrim onial de sus hijos." 3
§
14. GOLSCHMIDT, James. Derecho Procesal Civil. Tratado de la Segunda Edición. Traducido por L. Pietro Castro, con Q
adiciones de Alcalá-Zamora y Castillo. Barcelona, edición Labor., 1936. p. 229
A s p e c t o s d i f e r e n c i a d o r e s e n t r e l a c a p a c i d a d d e l a s p a r t e s y l a l e g i t i m i d a d p r o c e s a l . . . 2 8 1