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institución formal legal o política -antes de En este ejemplo podemos ver cómo traer a
ello era posible incluso hacer un compromiso la biología evolutiva dentro del cuadro -una
legalmente exigible para tom ar represalias estrategia alternativa a aquella buscada por
en contra de un agresor- era el compromiso JST- habilita al concepto de racionalidad a
instintivo a tom ar represalias. Las personas extenderse para abarcar fenómenos (no sólo
que estaban dotadas de un instinto para tomar la justicia pero al menos a una de las particu
represalias habrían tendido a ser más exitosas laridades cognitivas, la falacia de los costos
en la lucha por supervivir que otras. A veces hundidos) que JST clasifican como irracionales.
tomar represalias termina en desastre; pero la Ellos podrían objetar que mi discusión sobre el
incapacidad de hacer creíble una amenaza de altruismo y la venganza es un esfuerzo improvi
tomar represalias hacía que una persona esté sado para salvar al modelo de la elección racio
prácticamente indefensa en una sociedad pre nal de la destrucción en manos de la Economía
legal, pre-política. El deseo de tomar venganza del Comportamiento. Pero de hecho estas son
por daños reales o imaginarios -sin calcular dimensiones de la racionalidad sobre las que he
los beneficios netos en el momento en que cación completa del concepto de justicia tal
estado escribiendo durante años26.
de Derecho de la U niversidad de Lima duciría en cambio la aptitud inclusiva de una como es usado por JST. Debemos considerar
se toma porque tal cálculo reduciría, tal como
he sugerido, la credibilidad de la amenaza de
Es necesario un paso más para dar una expli
represalia e invitaría a la agresión, lo cual re
persona- podría entonces haberse convertido
porqué una persona puede indignarse no sólo
en una parte de la genética humana25. Tal vez
cuando sus propios derechos son violados, sino
aquí se encuentre el origen biológico de la fa
también cuando son violados los derechos
de otra persona. La clave es el altruismo (así
lacia del costo hundido, así como la explicación
a algunos actos locos de violencia que suceden
el altruismo positivo reposa sobre la base del
en las sociedades humanas incluso hoy en día.
en el caso de que la persona cuyos derechos
He contrastado al hombre racional con el hom
han sido violados sea un pariente o amigo
bre vengativo, pero debería ser evidente que altruismo negativo). Esto es fácil de entender
Revista editada por alum nos de la Facultad
cercano. Pero esto opera incluso cuando se
el contraste es superficial, que el verdadero trata de un extraño. Porque en ese caso el
contraste es entre la racionalidad ex post y ex fenóm eno de "engañar al instinto" está en
ante. Tener un compromiso inamovible de to juego y los sentimientos altruistas positivos,
mar represalia puede ser ex ante racional ya que a pesar de estar atenuados, que tenemos in
disminuye el riesgo de ser una víctima de agre cluso por completos extraños engendran una
sión, aun así, si el riesgo se materializa, entonces indignación correspondiente si los derechos
actuar bajo el compromiso (esto es, ex post) se del extraño son violados. Este análisis puede
volvería irracional. En otras palabras, una cierta explicar lo que largamente ha desconcertado
emocionalidad puede ser un componente de a los filósofos de la moral -p o r qué nos indig
la racionalidad, la cual defino al inicio como un namos más ante un conductor que atropella
medio adaptable a ciertos fines más que como a un niño negligentemente que ante el más
una forma particular de raciocinio. negligente conductor que por pura suerte no
131 25. Cfr.: HIRSHLEIFER, J. "Natural Economy versu Política! Economy". En: Journal of Social and Biological Structures N°
ADVOCATUS 26. Crf.: LANDES, William M. y POSNER, Richard A. “Altruism in Law Economics". En; American Economic Review N° 90.
1. 1978, pp. 319, 332, 334. TRIVERS, Robert L. "The Evolution of Reciproca! Altruism". En: The Quarterly Review of
Biology N° 46.1971, pp. 35,49.
Mayo 1978, Papers & Proceedings, p. 417. POSNER, Richard A. "Retribution and Related Conceptos of Punishment".
En: The Journal of Legal Studies N °9.1980, p. 71.
7 6 R i c h a r d A . P o s n e r