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novedad de la institución y a la ausencia aún Derecho"a cuyo servicio se hallan la sociedad
de jurisprudencia orientadora en cuanto a la y el Estado, dentro del bien común.
fijación de los montos de la indemnización co
rrespondiente teniendo en cuenta la magnitud Otro motivo es, sin duda, que por las razones
de las consecuencias del daño y las específicas anteriormente expuestas un sector de juristas y
circunstancias del caso. Para que una inédita jueces no se han percatado de los cambios pro
institución jurídica se consolide debe pasar ducidos en el mundo en lo atinente a la nueva
mucho tiempo mientras se le conoce, estudia, estructura del ser humano y a la nueva visión del
debate y es acogida por la doctrina y la jurispru objeto de estudio y finalidad del Derecho. Por
dencia. No obstante, como está dicho, la nueva todo ello, la gran mayoría no ha estudiado aún
figura, gracias a los impresionantes avances de la nueva figura, no han apreciado que es posible
las comunicaciones, se está difundiendo con dañar la libertad fenoménica, así como de la
asombrosa rapidez. necesidad de reparar sus nefastas consecuen
cias en la vida de las personas. Cuando la figura
Un m otivo muy im portante para la pronta se difunda a través de los años, se conozcan
Universidad de Lima debe a que, para su debida comprensión, el in y jurisprudencia suficiente, se podrá facilitar la
sus alcances, los juristas se convenzan que es
asimilación del "daño al proyecto de vida" se
dable dañar la libertad fenoménica o "proyecto
de vida", tomen conciencia de la magnitud de
térprete debe situarse en el escenario jurídico
sus consecuencias y existan jueces capacitados
contemporáneo donde, revolucionariamente,
el sujeto de derecho de "animal racional" se
reparación de las consecuencias del objetivo y
presenta, gracias a los pensadores y filósofos,
de Derecho de la como un ser libertad, dotado de dignidad. visible "daño al proyecto de vida". Además, ello
también se agilizará cuando algunos sectores
Esta nueva concepción del hombre recién se
abandonen su mentalidad individualista-patri-
está difundiendo por los predios del Derecho,
monialista y se abran a la comprensión que más
siendo ella indispensable para comprender
el vuelco que se ha producido en nuestra
importante es reparar el daño al ser humano
La Declaración Universal de los Derechos
patrimonio.
Facultad disciplina en la segunda mitad del siglo XX. que resarcir las consecuencias de un daño al
Humanos es el resultado tangible de la nueva
Lo anterior, sin embargo, no impide reconocer
situación en la que debemos situarnos los
la juristas. Es así como la libertad, la identidad y dos hechos macizos. El primero es que el criterio
Revista editada por alum nos de absoluta e inviolable propiedad. Ahora es el del que se viene utilizando para resarcir un daño
y la técnica empleada para reparar un daño al
la dignidad ocupan el lugar de privilegio que
complejo ser humano, dotado de envoltura psi-
antes correspondía al patrimonio, a la sagrada,
cosomática y libertad constitutiva, es diferente
hombre el sagrado, poseedor de derechos
al patrimonio. El segundo es que, a pesar del
naturales absolutos e inviolables. El cambio es
escaso tiempo de existencia de la institución del
pues radical, lo que obliga a juristas, jueces y
operadores del Derecho a asumir esta nueva
"daño al proyecto de vida"ya se cuenta con ju
realidad y proceder a un cambio de mentali
risprudencia orientadora, especialmente la de la
dad. Y por cierto, a no olvidar que la persona
humana, como se ha apuntado y aparecía
como de cierta doctrina que acoge la novísima
figura3'. En ella se podrá encontrar inspiración
en el texto del artículo 1 de la Constitución
peruana de 1979, es el "bien supremo del Corte Interamericana de Derechos Humanos, así
y pautas para una adecuada reparación de la
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ADVOCATUS 31. Para conocer parte de la doctrina y la jurisprudencia existente sobre el reconocimiento y reparación del "daño
al proyecto de vida", puede consultarse del autor de este trabajo, los artículos: "El 'daño al proyecto de vida' en
la doctrina y la jurisprudencia contemporáneas". Revista Jurídica del Perú. Lima, junio de 2009, número 100; y,
"Reconocimiento y reparación del daño al proyecto de vida en el umbral del siglo XXI". En Temas esenciales del
Derecho Laboral. Libro Homenaje al Doctor Santiago J. Rubinstein. Buenos Aires, IJ Editores, 2009.
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