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o,  por el contrario, si es posible una existencia   fundamento rigurosamente contemporáneo de
                  humana  que carezca  de él.  Puede ocurrir que   la voluntad (...) que se manifiesta a su manera"28.
                  algunos seres humanos no logren precisar con
                  nitidez cuál es su vocación, qué es lo que desean   La  voluntad,  según  Sartre, "se  presenta  como
                  hacer con su vida, que se hallan desorientados,   decisión  reflexionada  con  relación  a  ciertos
                  que son inmaduros, irresponsables o adolecen   fines".  Pero,  afirma  a  continuación,  que  esos
                  de  perturbaciones  psíquicas.  No  obstante  la   fines no los crea la voluntad. Esta sólo "decreta
                  presencia de casos de incertidumbre vocacional,   que la persecución de esos fines sea reflexiva y
                  somos del  parecer que toda  persona tiene  un   deliberada"29.
                  proyecto de vida desde que no se puede existir
                  sin darle a la vida un sentido, una razón de ser,   XIX. PROTECCIÓN JURÍDICA DEL "PROYECTO
                  un  rumbo,  salvo  casos  excepcionales.  Puede   DE VIDA"
                  suceder que  la  persona  no  logre descubrir su
                  "proyecto de vida"o que, ante la ausencia de una   La  libertad  fenoménica  puede  ser  dañada,
                  definida vocación o de opciones que le ofrece su   truncándose,  en  mayor o  menor  medida,  un
             Revista  editada  por alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                  entorno, realice un  proyecto inauténtico, pero   "proyecto de vida". Es conquista de los últimos
                  proyecto de vida al fin.                      dos decenios que esta verdad, esta  importan­
                                                                tísima  circunstancia,  se  puso  de  manifiesto.
                  XVIII.LIBERTAD, VOLUNTAD Y "PROYECTO DE       Ello aconteció en Lima, con la presentación de
                      VIDA"                                     una  ponencia  en  un  Congreso  Internacional
                                                                celebrado en 1985 con ocasión de la puesta en
                  Es oportuno señalar que se suele confundir la   vigencia del  Código Civil peruano de  1984. En
                  libertad, que es el ser mismo del  hombre, con   el artículo 1985 de este cuerpo legal se dispone
                  la voluntad, que es un aspecto de la psique, sin   la  reparación de cualquier "daño a  la  persona",
                  percatarse  que  ésta  se  halla,  como  la  unidad   dentro del cual, como la modalidad más noto­
                  psicosomática en su conjunto, al servicio del yo,   ria, se encuentra el "daño al proyecto de vida" o
                  de la decisión libre. La envoltura psicosomática   libertad fenoménica30.
                  es un medio del cual se vale la libertad para su
                  realización como proyecto. Por ello es posible re­  Es de anotar que antes de 1985 no se considera­
                  ferirse en posesivo a "mi"cuerpo, a "mi" voluntad.  ba la posibilidad de que la libertad fenoménica
                                                                o "proyecto de vida" pudiera  ser dañado.  Casi
                  Sartre ha descrito certeramente la relación en­  se  le  desconocía  o  no  se  le  otorgaba  mayor
                  tre la "libertad" y la "voluntad". Al  referirse a  la   atención. El resarcimiento del daño patrimonial
                  primera apunta  que "el  planteamiento  de mis   cubría todo el escenario jurídico. El"haber"era
                  fines últimos es lo que caracteriza a mi ser y lo   más  importante que el "ser".  Esto  nos suena  a
                  que  se  identifica  con  la  aparición  original  de   algo  increíble,  pero  responde  a  una  realidad
                  la  libertad que es mía". Es así como la  libertad   vivida por siglos.
                  resulta  ser el  fundamento  de  los fines que  el
                  ser humano decide realizar"sea por la voluntad,   Es a partir de aquella fecha que, a pesar del es­
                  sea por esfuerzos pasionales". Sartre señala que   caso tiempo transcurrido para su conocimiento
                  "las voliciones  son,  por el  contrario, como  las   por amplios sectores de juristas y consiguiente
                  pasiones,  ciertas  actitudes  subjetivas  por  las   debate, el "proyecto de vida"empieza a merecer
                  cuales tratamos de alcanzar los fines propuestos   incipiente  notoriedad.  Esto  acontece  dentro
                  por la libertad originaria". La libertad es, así,"un  del  contexto  de  haberse  redescubierto,  en  la
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             ADVOCATUS   28.  SARTRE, Jean Paul. Op. cit., p. 25.



                   29.  Idem., p. 24.
                   30.  Cfr. FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. "¿Es posible proteger jurídicamente el proyecto de vida?"



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