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Juan Carlos Kopriva, luego de ser expulsado de existente. Basta que el autor intensifique un pe
un partido del fútbol local9. ligro prohibido, lo cual sucede cuando empeora
las circunstancias que ya comportan un riesgo.
Sin lugar a duda, las conductas que estén El criterio del riesgo permitido sólo puede ser
concebidas con el ánimo de causar una lesión útil en la medida en que se esclarezca en qué
serán castigadas por la vía penal, pues se trata condiciones se acepta o permite la creación de
de conductas ajenas a las reglas del juego y un peligro o su incremento. Este límite debe
reprochables, por existir intencionalidad en la ser establecido teniendo en cuenta todas las
acción producida. Según lo señalado por Ríos circunstancias particulares y ponderando los
Corbacho10-que bien se aplica al ordenamiento bienes en conflicto. Los alcances del riesgo
penal peruano-, la inexistencia de un precepto permitido están muy condicionados por la evo
concreto en el Código Penal que verse sobre lución de la técnica y su influencia en las diversas
las lesiones deportivas hace que tengamos actividades que, si bien facilita su ejecución y
que acudir a los elementos objetivos del delito aumenta sus efectos positivos, las convierte en
de lesiones al objeto de poder im putar res fuentes de peligro12.
Universidad de Lima la agresión. Sin embargo; frente a la mayoría A su vez, Roxin13 refiere que por riesgo permitido
ponsabilidad penal al deportista que comete
se debe entender aquella conducta que aunque
de espectadores, las lesiones deportivas -que
incluso se encuentren fuera de la exclusión de
crease un riesgo jurídicamente relevante, está
permitido de manera general independiente
la imputación- pasarán desapercibidas puesto
que asumen que dichas acciones pertenecen
manera diferente a las causas de justificación y
a la esfera del deporte y, por ende, deben ser
la tratadas dentro de su ámbito jurídico de actua mente del caso concreto, y por ello excluye, de
Facultad de Derecho de existe una regulación específica de las lesiones Caen dentro del ámbito del riesgo permitido el
la imputación al tipo objetivo.
ción, ayudando a dicha tesis el hecho de que no
deportivas en el Código Penal11.
ejercicio de deportes riesgosos; sin embargo,
no siempre será fácil la delimitación entre el
II. TEORÍAS ENCAMINADAS A LA
riesgo permitido y aquellos casos en los cuales
IMPUNIDAD DE LAS LESIONES
ni siquiera existe un riesgo relevante, sobre todo
DEPORTIVAS
porque la dogmática todavía no ha cerrado el
la 1. Teoría del riesgo permitido desarrollo de esta figura jurídica. No obstante,
por alum nos de es que el agente mediante su acción, cree una dos no tienen consecuencias prácticas para la
estas inseguridades y tránsitos limítrofes flui
El principio general de la imputación objetiva,
doctrina de la imputación, porque tanto la falta
de la creación de un peligro como la causación
dentro del riesgo permitido impiden por igual
situación de la que aparezca como muy pro
bable que intereses jurídicamente protegidos
Revista editada sean dañados o que aumente un peligro ya el cumplimiento del tipo objetivo. En todo caso,
un punto esencial de apoyo es la instauración
Los casos indicados únicamente fueron sancionados con rigurosas medidas disciplinarias, y no existen registros
9.
que estos casos hayan sido ventilados y sancionados por los órganos jurisdiccionales.
10. RÍOS CORBACHO, José Manuel. "La incidencia del derecho penal en las lesiones deportivas". Revista Electrónica de
128 11. ídem., p. 10:5.
Ciencia Penal y Criminología. Granada, 2011, número 13-10, p. 10:1.
ADVOCATUS 12. HURTADO POZO, José. Manual de Derecho Penal. Parte General. Tomo I. Cuarta edición. Lima: IDEMSA, 2011, pp.
425-426.
13. ROXIN, Claus. La imputación objetiva en el Derecho Penal. Traducción de Abanto Vásquez. Segunda edición. Lima:
Grijley, 2012, p. 96.
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