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el deporte y que por tanto, difícilmente podría   tes  conclusiones:  independientem ente  del
                  argumentarse  como  causa  de exención  de  la   modo y de la magnitud de la lesión, el jugador
                  responsabilidad penal18.                     quedará impune por la adecuación social de su
                                                               comportamiento, o bien  por la falta de infrac­
                  4.  Teoría de la adecuación social           ción de un deber21.

                  Welzel se refiere por primera vez a la teoría de la   III.  CONCLUSIONES
                  "adecuación social"en su tra bajo Studienzum Sys­
                  tem desStrafrechts. La tesis central que Welzel man­  •   Resulta  válido  la  aplicación  del  Derecho
                  tiene bajo esta denominación consiste en afirmar   Penal a situaciones que se producen en el
                  que quedan fuera del concepto de injusto todas   ámbito deportivo, siempre que reúnan los
                  aquellas acciones que se mueven funcionalmente   requisitos objetivos de los tipos penales.
                  dentro del orden históricamente constituido19.
                                                               •   Si  bien  se  han  desarrollado  diferentes
                  Trasladando esta tesis al  ámbito deportivo, se   teorías  que  están  orientadas  a  buscar  la
            Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                  permite la consideración de penalmente atípi­    impunidad de las lesiones deportivas, éstas
                  cas aquellas acciones lesivas socialmente correc­  no serán aplicables en aquellos casos en los
                  tas. En el  mismo sentido, también se entiende   que se transgreda abiertamente los regla­
                  que  serían  socialmente  adecuadas  tanto  las   mentos  de juego.  La  responsabilidad  por
                  que se producen respetando las normas como       lesiones deportivas no puede ser calificada
                  las que proceden de faltas deportivas que sean   exclusivamente según los criterios del con­
                  levemente imprudentes. Sin embargo, otro sec­    sentimiento, o de la adecuación social, sino
                  tor doctrinal  aumenta  el ámbito de actuación   que requiere un planteamiento múltiple.
                  de la  adecuación social ya que por un  lado, al
                  hablar de los deportes de confrontación que no   •   En las lesiones deportivas, causadas por cul­
                  tienen el carácter de intencionalmente lesivos,   pa o imprudencia, si son reglamentarias, se
                  se observarían lesiones socialmente adecuadas    debe admitir la teoría del riesgo permitido,
                  tanto  las acciones  lesivas  sin  infracción  regla­  que lo excluye de la imputación objetiva.
                  mentaria, como las debidas a faltas deportivas,
                  imprudentes o dolosas, siempre que, no siendo   •   A  la  conducta  de  un  deportista,  cuando
                  graves, obedezcan a la obtención de ventaja en   esta  sea  dolosa  -en  suma,  consciente  y
                  el juego y no al macabro objetivo de causarle un   voluntaria-, y se cumplan los requisitos ob­
                 daño a la víctima. Así, quedan fuera del campo    jetivos del delito de lesiones -siempre que
                 de actuación de la adecuación social ejemplos     sea  ajena  a  las circunstancias del juego-,
                 como el del jugador que le propina un puñetazo    se le debe aplicar la  legislación  penal. Las
                 a  la  víctima  sin  que haya juego de  por medio   lesiones intencionadas siempre serán anti­
                 (caso Nunez y Kopriva)20.                         jurídicas, sin  que importe que hayan  sido
                                                                   abiertamente antirreglamentarias o que se
                 Finalmente, dentro de un juego reglamentario,     produzcan con ocasión de actuaciones que
                 se pueden determinar, en resumen, las siguien­    aparentan ser reglamentarias.





            ADVOCATUS  128   20.  RÍOS CORBACHO. Op., cit., p. 10:8.
                 18.  Vid. MONROY ANTÓN. Loe cit.
                 19.  CANCIO MELIÁ, Manuel. "La teoría de la adecuación social en Welzel". Consulta en: <http://www.cienciaspenales.
                     net>.


                 21.  Vid. ESER, Albín. Loe. cit




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