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Desde  la aprobación  de  la  Ley General  del   ambiental.  Cabe  mencionar,  que  reciente­
                  Ambiente (en adelante, la LGA) en octubre de   mente se aprobaron normas en este campo,
                  2005, y más intensamente desde la creación   como el Decreto Supremo 054-2013-PCM o el
                  del Ministerio del Ambiente en mayo de 2008,   Decreto Supremo 060-2013-PCM, que buscan
                  la regulación e institucionalidad ambiental han   desarrollar y precisar el marco regulatorio de
                  ingresado en una etapa de inusitada actividad.  la certificación ambiental.

                  Si bien en lo que se refiere a estándares ambien­  Apreciamos en fin, que en materia ambiental se
                  tales, queda aún mucho por recorrer, resulta   está produciendo un tránsito desde las buenas
                  innegable que se vienen  produciendo impor­  intenciones hacia la definición objetiva de un
                  tantes avances. Por ejemplo, con la aprobación,   marco institucional y regulatorio, lo cual  nos
                  el 25 de marzo de 2013, de los estándares de   sitúa un peldaño más alto en materia de gestión
                  calidad ambiental  para suelos, mediante De­  ambiental.
                  creto Supremo 002-2013-MINAM, se completó
                  la regulación sobre los patrones de calidad am­  Este nuevo escalón depara a  la  nueva  insti­
            Universidad  de  Lima  ambientales, vale decir: aire1, agua2 y suelos.  enorme: propiciar el cumplimiento efectivo de
                  biental para los tres principales componentes
                                                               tucionalidad  ambiental  peruana  un  desafío
                                                               la regulación ambiental. Este reto exige normas
                  Los sectores económicos: industria, pesquería,
                                                               que impongan conductas realizables técnica,
                  minería, hidrocarburos, transportes y comuni­
                                                               económica, ambiental y socialmente hablan­
                  caciones, vivienda, construcción y saneamien­
                                                               y fiscalización con  recursos suficientes y que
                  to, cuentan con  límites máximos permisibles,   do, y una actividad de incentivos, supervisión,
            Revista  editada  por alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la
                  cuyo incumplimiento, a diferencia de los ECAs3,   sea: descentralizada, independiente, técnica
                  genera  responsabilidad administrativa y, por   (multidisciplinaria), presente, y enfocada en su
                  lo tanto, son  directamente fiscalizables por   objetivo institucional.
                  el Organismos de Evaluación y Fiscalización
                  Ambiental, creado también en el año 2008 (en   En  el  presente artículo  nos abocaremos en
                  adelante, el OEFA).                          forma introductoria a ambos elementos, vale
                                                               decir, tanto al  marco  regulatorio ambiental
                  Una vez establecidos los estándares ambienta­  base, como a la tarea de supervisión y fiscaliza­
                  les, es posible enfocar la elaboración y evalua­  ción ambiental, persiguiendo dos propósitos:
                  ción de los instrumentos de gestión ambiental   i)  incentivar la investigación académica en el
                  de planificación, operación y cierre de proyec­  campo del derecho ambiental, entre quienes
                  tos, hacia el cumplimiento real de los objetivos   muy pronto tendrán la responsabilidad de con­
                  ambientales establecidos en los ECAs.        tribuir a construir un mejor futuro; y ii) emitir
                                                               una alerta temprana sobre algunos aspectos
                  Respecto  de  los  estudios  de  impacto  am­  que podría debilitar los nuevos mecanismos de
                  biental  y su  evaluación,  el  país cuenta  con   supervisión y fiscalización ambiental, los cuales
                  regulación  de  naturaleza transectorial  que   representan piezas fundamentales del Sistema
                  establece  principios,  conceptos  y  procedi­  Nacional de Gestión Ambiental y de la Política
                  mientos para la obtención de la certificación  Nacional del Ambiente.




            ADVOCATUS  128   1.   Los  ECAs  de aire fueron  aprobados por Decreto Supremo 074-2001 -PCM  (22/06/2001),  Decreto  Supremo 069-

                      2003-PCM (15/07/2003) y Decreto Supremo 003-2008-MINAM (21/08/2008).
                  2.
                      Los ECAs de agua fueron aprobados por Decreto Supremo 023-2009-MINAM (19/12/2013).
                  3.
                      En  el  caso  del  incumplimiento  de  los  ECA,  la  responsabilidad  administrativa  está  condicionada  por  ley  al
                      establecimiento de relación causa-efecto entre la referida violación y la actividad del administrado, conforme lo
                      establece el artículo 31.4 de la LGA.



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