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♦ la legislación del Estado demandado, actas o transcripciones de las audiencias cuando
incluidas sus normas sobre conflicto estén disponibles, así como las órdenes, laudos
de leyes; y y decisiones del tribunal46.
♦ Las normas de Derecho Internacional,
según sean aplicables. Por otro lado, de acuerdo con el artículo 10.21
(2) deITLC, elTribunal realizará audiencias abier
Con respecto a la selección de los árbitros, el tas al público, determinando en consulta con las
artículo 10.19 establece que a menos que las partes en controversia, los arreglos logísticos
partes en la controversia acuerden algo distinto, pertinentes. Sin embargo, en el supuesto de que
el Tribunal estará conformado por tres árbitros, una parte contendiente pretenda usar en una
donde cada parte designa a uno, y el tercero audiencia información considerada como prote
que viene a ser el Presidente, será designado por gida, deberá informarlo al Tribunal, y elTribunal
acuerdo de las partes44. Sin embargo, si luego tendrá que hacer los arreglos necesarios para
de 75 días contados desde la fecha en que se proteger dicha información de ser divulgada.
presentó la reclamación no se ha constituido En cuanto al laudo arbitral, el artículo 10.26 del
U niversidad de Lima CIADI, a petición de una de las partes, designará, TLC, establece que el laudo arbitral a emitirse
aún elTribunal Arbitral, el Secretario General del
por el Tribunal Arbitral será obligatorio sólo
a su discreción, el árbitro o árbitros que todavía
para las partes contendientes y únicamente
no hayan sido designados por las partes45.
respecto del caso concreto, debiendo ser cum
Las partes pueden acordar la sede legal donde
se celebre el arbitraje conforme a las reglas plido sin demora47.
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la
arbitrales aplicables a la controversia (CIADI, Cabe hacer mención a lo establecido por el
Mecanismo Complementario del CIADI, Reglas Anexo 10-D del Capítulo 10, sobre "Órgano de
UNCITRAL u otras reglas de arbitrajes ad hoc o Apelación o Mecanismo Similar", según el cual:
institucionales acordadas por las partes).
"[djurante un plazo de tres años a partir de
Por otro lado, se dispone que un Tribunal Ar la fecha de entrada en vigor de este Acuer
bitral tiene la facultad para aceptar y tomar en do, las Partes considerarán la posibilidad
consideración comunicaciones omicus curioe, de establecer un órgano de apelaciones o
provenientes de una persona o entidad que no mecanismo similar para revisar los laudos
sea parte en la controversia. dictados de conformidad con el artículo
10.26, en los arbitrajes iniciados después de
Cabe resaltar, que el Capítulo de Inversiones haber establecido el órgano de apelaciones
del TLC, como parte de sus disposiciones de o mecanismo similar."
transparencia en las actuaciones arbitrales,
establece que el demandado entregará con Al respecto, al día de hoy, el Perú y los Estados
prontitud a las Partes no contendientes y pon Unidos no han acordado establecer un órgano
drá a disposición del público todos los escritos, o mecanismo de apelación, por lo que esa po-
44. TLC. Artículo 10.19(1).
45. TLC. Artículo 10.19(3).
128 46. TLC. El artículo 10.21 (1) establece los documentos que deben ser accesibles al público: i) la notificación de
ADVOCATUS 47. TLC. Artículo 10.6 (4)
intención; ii) la notificación de arbitraje; iii) los alegatos, escritos de demanda y notas explicativas presentados al
tribunal por una parte contendiente y cualquier comunicación escrita presentada de conformidad con el artículo
10.20.2 y 10.20.3 y el artículo 10.25; iv) las actas o transcripciones de las audiencias del Tribunal, cuando estén
disponibles; y v) las órdenes, los audios y decisiones del tribunal.
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