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Como ha sido destacado con acierto por la y de naturaleza extracontractual26. El rasgo de O i
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doctrina comparada24, el (moderno) concepto objetividad antes indicado que caracteriza al o i
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de mala fe debe incorporar al sistema de marcas acto de competencia desleal indica que lo que
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v a lo r a c io n e s p r o p ia s p r o v e n ie n t e s d e l s is te m a hace desleal a una conducta es la ausencia de O J
de represión de la competencia desleal precisa buena fe objetiva, tal y como se encuentra plas CC
O. :
mente para dar cabida a la represión de ciertas mado con acierto por el artículo 7.1 del Decreto
MARCAS
conductas desleales o abusivas que, apoyadas Legislativo 104427. PATENTES
DERECHO
DE AUTOR
en signos distintivos, serían dejadas de lado de
bido a la vigencia de los rigurosos principios en IV. GRUPO DE CASOS SOBRE ACTOS DE
los cuales se encuentra asentado el derecho de MALA FE (COMPETENCIA DESLEAL)
marcas que, como hemos visto, son los Principios COMO CAUSAL DE IRREGISTRABILIDAD
de Inscripción Registral y de Especialidad. MARCARIA
Otro de los paradignas clásicos que tenemos que Como adelantábam os líneas arriba, concep-
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dejar de lado al entrar a la valoración de la mala fe tualizar a la mala fe marcaría como un acto de LU
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marcaría (competencia desleal) es pensar, como competencia desleal nos permite una aproxi <
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lamentablemente lo hace el Tribunal de Justicia mación cabal a los cada vez más complejos y o
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de la Comunidad Andina, que la mala fe implica o frecuentes casos que se presentan en la prác <
es consecuencia de la intención o de la concien tica y en los que se invoca la mala fe. El recurso
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cia de una persona de violar una disposición legal a los criterios y modelos provenientes de la LU
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o contractual o causar un perjuicio injusto o ilegal disciplina de la competencia desleal son, sin O
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a otra persona (Proceso 30-IP-9J25. Ciertamente duda alguna, un importantísimo y útil aporte <
la conciencia o voluntad de fraude al derecho en los que deberían apoyarse los órganos
de un tercero (ausencia de buena fe subjetiva) resolutivos sobre Propiedad Industrial a fin
podrá ser valorada para medir el importe por los de evitar incurrir en fundamentaciones líricas
daños o perjuicios, como veíamos que lo hace y gaseosas. Ello permitirá también una fácil
el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1075 o identificación del supuesto de hecho evaluado
para graduar la sanción a imponerse por el uso y su posterior encuadramiento en un supuesto
indebido de una marca, como lo hace su artículo de ¡licitud concreto.
121 en donde la mala fe es considerada una
circunstancia agravante, pero en ningún caso A continuación, identificamos los grupos de
debería ser utilizada como criterio sustantivo al casos más recurrentes que se han venido dan
momento de definir si se está o no ante un acto do cita en la práctica en el seno de los órganos
de mala fe (competencia desleal), ya que como resolutivos de la Propiedad Industrial y veremos
comentábamos, para ello debe ser aplicado el que todos ellos tienen una concretización clara U
criterio de la buena fe objetiva. y definida si nos apoyamos en la legislación y
práctica sobre competencia desleal.
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Rectamente entendido, el acto de competencia
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desleal (mala fe) es un ilícito objetivo, de peligro 1. Mala fe por actos de confusión desleal. <
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24. MASSAGUER FUENTES, José." La protección jurídica de la marca no inscrita". En: Derecho de Marcas, Estudios sobre
la nueva Ley 17/2001, de 7 de diciembre. Barcelona: Editorial Bosh, 2003, p. 63.
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25. Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena N° 355 de 14 de julio de 1998.
26. MASSAGUER FUENTES, José. Comentario a la Ley de Competencia Desleal, ob. cit., pp. 149 y ss. K
27. Artículo 7.- Condición de ilicitud.- O
§
"7.7.- La determinación de la existencia de un acto de competencia desleal no requiere acreditar conciencia y voluntad Q
sobre su realización."
L a m a l a f e c o m o c a u s a l d e i r r e g i s t r a b i l i d a d m a r c a r i a e n l a p r á c t i c a l e g a l p e r u a n a 1 9 5