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Como se desprende del extracto del fallo que   actos de comparación y equiparación indebida
           acabamos de reproducir, la mala fe parece ser   en el artículo 12, entre otros. En nuestra opinión,   ü
                                                                                                             ui  ;
           un  térm ino  acuñado  por  la  disciplina  de  la   todos ellos tienen  que ver con  el  derecho  de
           propiedad  industrial  para  hacer frente a cier­  marcas, como tuvimos ocasión de exponer en     Q.  j
                                                                                                             O   J
           tas  conductas  anticompetitivas  que  afectan   otro trabajo19.                                  cc  ;
                                                                                                             c l  :
           al  principio de la buena fe. Consideramos que
                                                                                                      MARCAS
           ello es acertado pero incompleto. Es acertada   A nuestro  modo  de ver,  la  cláusula  general es   PATENTES
                                                                                                      DERECHO
                                                                                                      DE AUTOR
           esa  línea  de fundamentación  porque eviden­  como  un  big bang  que  contiene  y  resume  el
           temente la mala fe no es sino la manifestación   ilícito concurrencial, a partir del cual se han ido
           de una conducta que atenta contra la buena fe.   desglosando  supuestos de  ¡licitud  específicos
           Es incompleta, sin embargo, porque la funda-   para facilitar la  labor de los operadores del de­
           mentación se queda a medio camino, esto es,   recho. Es más, cada vez que un ilícito empieza
           no  hace el  enlace debido con  la disciplina de   a tornarse recurrente, es extraído de la cláusula
           la competencia desleal, lo que permitiría "ate­  general y es convertido y desarrollado con ma­
                                                                                                        W)
           rrizar" en  supuestos concretos de ilicitud que   yor precisión en un supuesto específico.
           la  práctica  ya viene identificando como recu­                                              <
           rrentes, como veremos un poco más adelante.  En derecho de  marcas vemos que existe tam ­    O
                                                                                                        U
                                                        bién  una  suerte  de  cláusula  general  que  está   <
           En  nuestra  opinión, todo  el  problema  de  en­  prevista en el artículo 12 del Decreto Legislativo
                                                                                                        i/)
           tendimiento y aplicación de la mala fe marcaría   107520, así como también en el artículo 258 de   tu
                                                                                                        cc
           debe  partir  por  reconocer  que  la  mala  fe,  en   la Decisión 48621. Claramente, dichos artículos   O
                                                                                                        h-
           tanto acto que contraviene el principio general   se refieren  al  principio  general  de  la  buena fe   3
                                                                                                        <
           de la buena fe, es un acto de competencia des­  comocondición indispensable para ganarel tan
           leal. tal y como se encuentra reconocido por el   ansiado derecho de  prelación, tan  importante
           artículo 6.2 del Decreto Legislativo 1044, encar­  en  un  sistema  registral  imperante en  derecho
           nado en la cláusula general18. Como se sabe, los   de  marcas  y  que  consiste  en  poder  gozar y
           ilícitos de competencia desleal no se agotan en   reclamar  un  mejor  derecho  frente a  terceros.
           la  cláusula  general,  sino  son tipificados  luego   En  consecuencia,  el  derecho  de  prelación  no
           en supuestos específicos, debido a que son los   será reconocido cuando se verifique la mala fe,
           que la práctica ha identificado como más recu­  esto es, cuando medie un acto de competencia
           rrentes. Así por ejemplo, tenemos los actos de   desleal del solicitante.
           engaño en el artículo 8, los actos de confusión
           desleal en el artículo 9, los actos de explotación   Pues bien, como hemos visto con anterioridad,
           indebida  de  la  reputación  ajena  en  el artículo   el  principio de la  buena fe y el  artículo  12 del   <
                                                                                                        3
           10, los actos de denigración en el artículo l i j o s  Decreto  Legislativo  1075  son  com únm ente  I—
                                                                                                        U
                                                                                                        UJ
                                                                                                        _ j
                                                                                                        UJ
                                                                                                        h—
                                                                                                        Z
                                                                                                        o
           18.  Artículo 6.- Cláusula general.-                                                         <
                                                                                                        Q
               "6.2.- Un acto de competencia desleal es aquél que resulte objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe   UJ
                                                                                                        o.
               empresarial que deben orientar la concurrencia en una economía social de mercado."       O
                                                                                                        cc
           19.  SCHIANTARELLI  GONZÁLEZ,  Juan  Pablo.  El Decreto Legislativo  1044 y el conflicto de competencia al interior del   O.
               INDECOPI en torno a los actos de competencia desleal relacionados con la Propiedad Industrial. En: Revista Actualidad
               Jurídica N° 176. Lima, 2008, pp. 47 y ss.
                                                                                                        ■'fr
           20.  Artículo 12.- Prelación de derechos.-
               "La prelación en el derecho de propiedad industrial se determinará por el día y hora de presentación de la solicitud
                                                                                                        K-
               de registro. La prelación a favor del primer solicitante supone su buena fe y, en consecuencia, no se reconocerá tal
               prelación cuando quede demostrado lo contrario."                                         2
                                                                                                        §
           21.  Artículo 258.- "Se considera desleal todo acto vinculado a la propiedad industrial realizado en el ámbito empresarial   Q
               que sea contrario a los usos y prácticas honestos."


             L a    m  a l a    f e    c o m  o    c a u  s a l    d e    i r r e g  i s t r a b  i l i d  a d     m  a r c a r í a    e n    l a    p r á c t i c a    l e g a l    p  e r u  a n a    1 9 3
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