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■ La prueba del daño y de su cuantía corres sos de infracción de derechos de propiedad <
ponde a quien lo alega3. industrial y com petencia desleal, se detecta Q
ron 43 procesos, en 23 de los cuales se preten
E n m a t e r ia d e i n f r a c c i ó n d e lo s d e r e c h o s día la indemnización de perjuicios y solo en
de propiedad industrial la determ inación 2 de ellos se condenó efectivam ente al pago
del daño, la relación de causalidad entre la de los mismos. En virtud de las facultades
MARCAS
infracción y el daño, y en particular la cuan- jurisdiccionales que se le han asignado a la PATENTES
DERECHO
tificación del perjuicio no es tarea fácil. Se Superintendencia de Industria y Com ercio4 DE AUTOR
trata de bienes inmateriales, cuyo deterioro para decidir los procesos de infracción de
o afectación, por su carácter inmaterial, no derechos de propiedad industrial, en el año
es fácilm ente determ inable. Su uso por ter 2014 se condenó al pago de perjuicios en 1
ceros no desplaza físicam ente al titular, ni le proceso; en el año 2015, se condenó al pago
im pide que éste siga haciendo uso del bien. de perjuicios en 5 procesos donde se acreditó
En m uchos casos, la m ayor dificultad esta la existencia del daño, condenas que suman
representada en la cuantificación del daño. $225.843.278 (casos EL CORRAL, ECOPETROL, LU
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Por ejem plo, la pérdida de clientela por el UNICO, M UNDO UNICO y AGROCAM PO)5. <
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dem érito de un signo distintivo y la proyec O
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ción económ ica que tal hecho pueda tener Desde el punto de vista de política legislativa <
hacía el futuro no puede fijarse con exacti surge la necesidad de expedir normas espe
tud m atem ática. Lo mismo podría decirse ciales que faciliten la carga procesal del titular
en relación con la dism inución de las ventas de la marca en los procesos de infracción que
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del titular del signo infringido por razón de le impone la obligación de probar la existencia cc
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la infracción, habida cuenta de los diversos del perjuicio y su cuantía. Solo así se logra una O
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factores que pueden concurrir para que se adecuada tutela de sus derechos que en no =5
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produzca este resultado. pocas ocasiones involucran los activos de mayor
valor de la empresa. Además, la efectiva repa
Confirma lo anterior, por lo menos en el caso ración de los perjuicios que se ocasionen por la
colombiano, las escasas condenas de perjuicios infracción de estos derechos es la herramienta
que se han producido en estos procesos de más eficaz para disuadir las conductas ilícitas
infracción. de los infractores.
En una investigación preliminar que adelantó En esta dirección se ha consagrado una nor
la Universidad del Rosario para el período mativa en convenios internacionales, que se
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com prendido entre el año 2000 y 2012 sobre han implementado mediante normas internas =>
las sentencias de segunda instancia dictadas que constituyen un régimen especial en esta t—
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por el Tribunal Superior de Bogotá en proce materia.
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3. Artículo 1757 del Código Civil Colombiano. "A quien incumbe probar. Incumbe probarlas obligaciones o su extinción UJ
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al que alega aquellas o esta". o
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4. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) es una entidad administrativa del orden nacional, que o.
administra el Sistema Nacional de la Propiedad Industrial y tramita y decide los asuntos relacionados con la
misma (Decreto 4886 de 2011, Artículo 5, No. 57). Igualmente ejerce las funciones jurisdiccionales que le han sido
asignadas en virtud de la ley, a través de las delegaturas, grupos internos de trabajo o funcionarios que para el -=t
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y el Código General del proceso (Ley 1564 de 2012, Artículo 24) le dio competencia para conocer de los procesos s
efecto designe el Superintendente de Industria y Comercio (Decreto 4886 de 2011, artículo 1.59). La Ley 446 de
1998 le otorgó competencia a prevención para conocer las acciones judiciales por actos de competencia desleal
de infracción de los derechos de propiedad industrial. o
§
5. Ponencia del Dr. Luis Felipe García sobre las Indemnizaciones Preestablecidas en Colombia. Seminario sobre la Q
Decisión 486, llevado a cabo el 26,27 y 28 de agosto de 2015.
E l r é g i m e n d e r e s p o n s a b i l i d a d e n C o l o m b i a p o r l a i n f r a c c i ó n d e d e r e c h o s m a r c a r i o s 3 5 1