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II.  EL RÉGIMEN ESPECIAL EN COLOMBIA             damages)  o  que  abarquen  los  beneficios
                                                                   obtenidos por el infractor"7.
                  En Colombia, existen dos normas que contienen
                  un régimen especial en materia de responsabili­  El artículo 243 de la Decisión 486 es del siguien­
                  dad por la infracción de derechos de propiedad   te tenor:
                  industrial. El artículo 243 de la Decisión 486 de
                  la  Comunidad Andina,  que señala  los criterios   "Artículo 243.- Para efectos de calcular la in­
                  que deben tenerse  en  cuenta  para  calcular la   demnización de daños y  perjuicios se tomará
                  indemnización de perjuicios, y el Decreto 2264   en cuenta, entre otros, los criterios siguientes:
                  de 2014 que establece un régimen de indemni­
                  zaciones preestablecidas como consecuencia de    a)  el daño em ergente y el lucro  cesante
                  una infracción marcaría.                         sufrido por el titular del derecho como con­
                                                                   secuencia de la infracción;
                  i)     La  Decisión  486  se  expidió  para  darle
                  cumplimiento  al  Acuerdo  sobre  los  Aspectos   b)  el monto de los beneficios obtenidos por
            Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  Universidad  de  Lima
                  de  los  Derechos  de  Propiedad  Industrial  rela­  el infractor como resultado de los actos de
                  cionados con el comercio (en adelante, Acuerdo   infracción; o,
                  ADPIC) y en este sentido puede decirse que en
                  su artículo 243 se desarrollan ciertas facultades   c)  el precio que el infractor habría pagado
                  que confiere el artículo 45 del Acuerdo ADPIC,   por concepto de una  licencia  contractual,
                  en particular la prevista en la segunda oración   teniendo en cuenta el valor comercial del de­
                  del numeral 2, según la cual "cuando así proce­  recho infringido y las licencias contractuales
                  da,  los  Miembros  podrán  facultar a  las autori­  que ya se hubieran concedido".
                  dades judiciales para que concedan reparación
                  por concepto de beneficios y de resarcimiento   Revisten  particular  interés desde  el  punto  de
                  por daños reconocidos previamente, aun cuan­  vista  doctrinario  los criterios señalados  en  los
                  do el  infractor no supiera o no tuviera motivos   literales  b)  y c)  porque aparentemente  no co­
                  razonables  para  saber  que  desarrollaba  una   rresponden a principios del régimen de daños
                  actividad infractora"6.                      de la responsabilidad civil. Se ha entendido que
                                                               la  indemnización  tiene  por objeto  reparar  los
                  Según Luis Felipe Botero:                    perjuicios ocasionados a  la víctima de manera
                                                               tal que quede en  la  misma situación o en  una
                      "(...)  la  segunda  oración  del  numeral  se­  situación  lo  más  parecida  posible a  la  que  se
                      gundo del  artículo 45  consagra dos  ideas   encontraba con anterioridad a la ocurrencia del
                      que amplían el espectro de la responsabi­  daño, para lo cual se tiene en cuenta como pa­
                      lidad,  pero  impuestos facultativamente  a   rámetro de referencia su patrimonio, en el que
                      los países miembros, (i) la responsabilidad   se reflejan las pérdidas sufridas o las ganancias
                      objetiva  del  infractor que actúa de buena   que  no  se  han  percibido.  Resultan  entonces
                      fe y que sin embargo debe reparar el daño   irrelevantes para los efectos de la indemnización
                      y (ii) la posibilidad de consagrar regímenes   las  consecuencias  que  la  conducta  infractora
                      de  presunción  de  daños  (pre-established  haya producido en el  patrimonio del  infractor.




            134   6.   El  texto  en  inglés  es  como  sigue: "In appropriate cases,  Members may authorize the judicial authorities to order
            A D V O C A TU S   7.   reasonable grounds to know, engage in infringing activity".
                      recovery of profits and/or payment of pre-established damages even where the infringer did not knowingly, or with

                      La  indemnización  de  perjuicios  en  las  acciones  de  infracción  de  los  derechos  de  propiedad  intelectual:  una
                      revisión  crítica del  caso colombiano frente a  los  retos de la  globalización.  Revista  del Centro de Estudios de la
                      Propiedad Intelectual. La Propiedad Inmaterial, N 10-11,2006-2007, Universidad Externado de Colombia, p. 31.




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