Page 64 - Edición N° 34
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Q
               barreras  burocráticas en los tres niveles de   d)  Se  incorpora  el  artículo  64-A  al  Decreto   <
               gobierno; autorizar la transferencia de pro­  Legislativo  1075, a fin  de  reducir el  plazo   O
                                                                                                             LU
               gramas sociales mediante decreto supremo;    para  subsanar requerimientos  en  los  pro­     z
               y  d icta r m edidas para  la  o ptim iza ción   de   cedimientos de  renuncia  de  registro a  30   o
               servicios en las entidades públicas del Estado,   días hábiles.                               c c
                                                                                                             CL
               coadyuvando al fortalecimiento institucional                                            MARCAS
               y la calidad en el servicio al ciudadano".  e)  Se  incorpora  el  artículo  24-A  al  Decreto   PATENTES
                                                                                                      DERECHO
                                                                                                      DE AUTOR
                                                            Legislativo  1075, a fin de regular sobre las
           Es  así  que,  m ediante  el  Decreto  Legislativo   notificaciones electrónicas en los trámites
           1309  se  modifica  e  incorpora  diversos  artí­  seguidos ante las Direcciones de Propiedad
           culos al  Decreto  Legislativo  10752,  así  como   Industrial. Asimismo, se modifica el artículo
           al  Decreto  Legislativo  8223 y  la  Ley  283314,   100 literal c) del Decreto Legislativo 1075, a
           que  tienen  por  objeto  simplificar  los  proce­  fin de regular sobre el uso de las notificacio­
           dim ientos  s  uidos  ante  los  órganos  resolu­  nes electrónicas para depósitos temporales
                                                                                                        uo
           tivos  en  materia  de  Propiedad  Intelectual  y   de almacenamiento aduanero.               LU
           mejorar  la  confianza  de  los  usuarios  de  los                                            <
           servicios  que  brinda  el  Indecopi,  al  obtener   f)  Se  modifica  e  incorpora  los  artículos  8-B,   O
                                                                                                         U
           un pronunciamiento por parte de la Autoridad     54, 55.1, 71.2, 91  y 99  literal  e) al  Decreto   <
           Administrativa dentro de un plazo razonable.     Legislativo  1075, a fin  de adaptar los  pro­  z
                                                                                                         LO
           En  efecto,  entre  otros,  cabe  destacar  las  si­  cedim ientos  seguidos  ante  los  órganos   LU
                                                                                                         CC
           guientes disposiciones:                          en  materia  de  Propiedad  Intelectual,  al   O
                                                                                                         \-
                                                            régimen de  interoperabilidad  establecido   3
                                                                                                         <
           a)   Se  modifica  el  artículo 4  del  Decreto  Le­  en el Decreto Legislativo 12465.
               gislativo  1075, a fin  de establecer que, en
               los  procedim ientos  no  contenciosos,  la   g)   Se  modifican  los  artículos  126 y  134  del
               Dirección de Signos Distintivos constituye   Decreto  Legislativo  1075, a fin  de  incenti­
               primera instancia y la Comisión constituye   var  buenas  prácticas  procedimentales: a)
               la segunda instancia.                        aplicación de costas y costos en el caso de
                                                            oposiciones temerarias -Artículo 126-  y b)
           b)   Se modifica  el artículo 21  del  Decreto  Le­  obligación de sustentar el motivo -agravio-
               gislativo  1075,  a  fin  de  establecer  que  la   del recurso de apelación -Artículo 134-.
               resolución  que  otorga  un  registro  sobre
               un  signo  distintivo  en  un  procedimiento   h)   Se  modifica  el  artículo  133  del  Decreto
               no  contencioso  se debe  notificar conjun­  Legislativo  1075, a fin de dotar al procedi­  <
                                                                                                         3
                                                                                                         H-
               tamente con el certificado.                  miento de medidas garantistas en favor de    <3
                                                                                                         LU
                                                            los administrados: a) ampliación del  plazo
           c)   Se incorpora el artículo 52-B al Decreto Le­  para presentar recurso de apelación en pro­
               gislativo  1075, a fin de establecer el  plazo   cedimientos  de  infracción  a  los  derechos
                                                                                                         Q
               de 10 días hábiles para precisar datos en la   de  propiedad  industrial  a  15  días  hábiles   <
                                                                                                         Q
               solicitud de registro de marcas.             y  b)  ampliación  de  los  supuestos  para  la
                                                                                                         a.
                                                                                                         O
                                                                                                         cc
                                                                                                         CL
           2.   Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones Complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad
               Andina que establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial. Publicado el 28 de junio de 2008. Vigente a
                                                                                                        ro
               partir del 01  de febrero de 2009.
           3.   Ley sobre el Derecho de Autor.                                                          §
           4.   Ley Marco de los Consejos Reguladores de Denominaciones de Origen. Publicada el  14 de agosto de 2004.  3
                                                                                                        §
           5.   Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa. Publicado en el Diario Oficial   Q
               El Peruano, el 10 de noviembre de 2016.




            Decreto  Legislativo  1 309:  Simplificación  de  procedimientos  en  materia  de  Propiedad  Intelectual  6 1
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