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concreción del contenido del principio de trans ello debe estar recogido a nivel constitucional.
parencia debe hacerse pensando en máximos. En otros casos estamos ante un derecho admi
nistrativo, que tienen que recogerse en leyes
Resulta conveniente que también estén some ordinarias. Nuestra posición en más proclive
tidos a este principio los partidos políticos y a entenderlo como fundamental, teniendo en
los sindicatos. Su relevante papel público así cuenta su papel primordial en la calidad demo
lo justifica. crática del presente.
La transparencia exige de igual manera una Sea como fuere, lo que hay que exigir en todo
actitud general de apertura de las entidades caso es una correcta regulación de este derecho
públicos a la ciudadanía; coherencia y calidad que permita su verdadera vigencia y aplicación.
de las normas y actos públicos, para que, entre
otras cosas, puedan ser correctamente entendi La Carta de Derechos Fundamentales de la
dos y aplicados; la motivación de las decisiones; Unión Europea lo recoge en su artículo 42, que
el acceso al expediente por parte del interesado; se ubica en el capítulo referido a la ciudadanía,
L im a o el derecho a ser oído en esos procedimientos. con la siguiente dicción: "Todo ciudadano de la
Unión o toda persona física o jurídica que resida
d e Este contenido de la transparencia también pasa o tenga su domicilio social en un Estado miembro
U n i v e r s i d a d necesariamente por las nuevas tecnologías, un tiene derecho a accederá los documentos del Par
lamento Europeo, del Consejo y de la Comisión"
extremo al que nos referimos más abajo.
la Unión Europea-.
la A veces, este contenido se matiza o particulariza -que son los órganos propios que conforman
D e r e c h o d e mos. El ejemplo más claro de ello, en el ámbito jimos, no deben cercenarlo sino dotarse de la
en función del ámbito en el que nos encontre
Las leyes que regulan este derecho, como di
europeo, es la protección medioambiental, que
efectiva. Así las cosas, debe preverse un ámbi
particularmente exigente: en los Estados fir
d e desde el denominado Convenio de Aarhus es adecuada calidad para asegurar su vigencia
to subjetivo y objetivo amplio. El acceso debe
mantes de ese Convenio, el público participará
F a c u lt a d en la toma de decisiones en dicha materia. Así, permitirse a casi cualquier información o datos
públicos, más allá de que existan o no proce
los ciudadanos y las organizaciones no guber
namentales, por su importante papel en la pro
la tección del medio, tienen un acceso privilegiado dimientos administrativos y éstos estén o no
p o r a l u m n o s d e a la información medioambiental, en el que no fuera restrictiva.
concluidos.
Asimismo, las causas de inadmisión tienen que
se requiere un interés específico o cualificado.
ser tasadas. Lo normal es que su interpretación
Por definición, todos los ciudadanos poseen
un interés general y legítimo en la defensa del
e d i t a d a medio ambiente. Además, habrá que establecer un plazo razona
ble para responder ante la correspondiente so
IV. EL DERECHO DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA
R e v is ta La conexión del principio de transparencia a licitud, no dilatado en exceso. El procedimiento
tiene que ser en todo caso ágil. Se fijará también
cómo será la resolución que da respuesta a la
este derecho de acceso resulta evidente. La solicitud. Dicha resolución siempre podrá im
aplicación y ejercicio del mismo incrementará pugnarse con las debidas garantías, sobre todo
129 los niveles de aquél. si es denegatoria.
ADVOCATUS Hasta el momento no hay consenso doctrinal También se pueden fijar los límites que se apli
carían a este derecho. Está claro que no existen
ni normativo acerca de la naturaleza de este
derechos absolutos, por lo que siempre van a
derecho. Para algunos autores y ordenamientos
operar, de una forma u otra, límites a los mismos.
se trata de un derecho fundamental, que por
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