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En suma, es conveniente señalar que,  no obs­  al resolver las causas; que en cada caso concreto   «
            tante no estar textualmente consignado, cons­  en que haya pronunciamiento del Poder Judicial    z z
            tituyen  finalidades  u  objetivos  del  recurso en   impere la justicia.                        cer
                                                                                                             w -
            materia penal los siguientes:
                                                         El tema de las causales o motivaciones con cuya     OO
                                                                                                             DQ
            »   El  control  de  la  correcta  interpretación  y   invocación  se  puede  interponer el  recurso de
                                                                                                       AUTOR
               aplicación del derecho positivo tanto sus­  casación es de gran importancia e interés en los   NACIONAL
               tantivo como adjetivo en materia penal;   países que recogen este medio impugnatorio.
                                                         Manuel de la  Plaza, sobre este punto, anota lo
            •   El control de logicidad de la motivación de   siguiente:
                las resoluciones judiciales;
                                                             "No importa tanto conocer el procedimien­
            •   El control de la correcta evaluación de los   to  de  casación,  asequible,  por  lo general,
               elementos probatorios aportados al proce­     sin otro trabajo que el de leer los preceptos
                so al momento de resolver la causa;          legales, como profundizar en el sentido de   ro
                                                                                                         £
                                                             esos motivos, en cuya recta inteligencia se
                                                                                                         cu
            •   La unificación de la jurisprudencia nacional   cifra, casi siempre, el éxito del recurso".  TJ
                en asuntos penales; yLa función pedagógica                                               "O
                                                                                                         ro
               que necesariamente debe  imprimir en sus   En principio, en relación a nuestro ordenamiento   T S
                decisiones la Sala de Casación en  lo Penal.   procesal penal, debemos anotar que la redacción
                En  todo  caso  no  se  debe  dejar de  consi­  de  las  normas que contienen  la  regulación  de
                derar la  previsión  contenida en  la  Primera   las causales de casación concebidas en el nuevo
                Disposición  Final  del  Código  Procesal  Civil   Código Procesal Penal, promulgado mediante el   IV
                                                                                                         -O
               que  establece  que "Las  disposiciones  de   Decreto Legislativo 957, de 22 de julio del 2004,   o
                                                                                                         J Z
               este Código se aplican supletoriamente a los   no es feliz, pues tiene una serie de deficiencias.   u
                                                                                                         a>
               demás ordenamientos procesales (dentro de   Sin embargo, rescatamos sus aspectos positivos.   QJ
                                                                                                         a
               ellos el Código Procesal Penal), siempre que   En todo caso dejamos en  manos de los jueces   Q)
                                                                                                         "O
                sean compatibles con su naturaleza".     su  correcta  concepción  de  las causales que se   •a ro
                                                         pueden denunciar.AI tratar de las causales o mo­  *-•
                                                                                                         3
            II.  APRECIACIÓN DE LAS CAUSALES QUE SE      tivaciones que se pueden denunciar al proponer   u
                                                                                                         ro
                                                                                                         u_
                PUEDEN DENUNCIAR AL PROPONER EL          el  recurso de casación en  materia  penal, como
                RECURSO DE CASACION EN LO PENAL          ocurren en las otras áreas del Derecho en las que   O)
                                                                                                         T3
                                                         se ha establecido como medio impugnatorio la    i/i
                                                                                                         O
            La fijación de las motivaciones para proponer el   casación, es conveniente  relacionarlas con  las   c E
            recurso de casación importa además una deci­  finalidades del recurso que estudiamos. De ese   3 ro
            sión política del Estado, de modo que éste, en el   modo tendremos una mejor comprensión en la   O
            establecimiento de las causales, debe tener en   concepción jurídica que le ha impreso el legisla­  a.
                                                                                                         ro
                                                                                                         T3
            cuenta las finalidades del recurso y los propó­  dor al estructurar cada  una de las causales. Las   ro
            sitos que el ordenamiento tiene para propiciar   principales finalidades del recurso que la doctri­  -o
                                                                                                         aj
            la  correcta  observancia  del  derecho objetivo,   na ha señalado, las que en lo esencial  han sido   ro
            la  predictibilidad  de  las  decisiones judiciales   recogidas por las legislaciones correspondientes   >
                                                                                                         Q j
           en  base  a  la  unificación  de  la jurisprudencia,   en los países que tienen regulado en su ordena­  cc
           y la  búsqueda  de  la justicia  en  los  casos  con­  miento, son  las  siguientes:  la  nomofiláctica,  la
           cretos. En base a estos principios el  Estado fija   unificadora  y la dikelógica.  En  nuestro país, en
                                                                                                         <y>
            los elementos que deben someterse al control   materia civil, el numeral 384 del Código Procesal   CN
           casatorio. A modo de ejemplo señalamos que al   Civil señala que el recurso de casación tiene por   §
            Estado le interesa que las normas jurídicas que   fines esenciales (no cierra la posibilidad de otros
                                                                                                         o
            regulan nuestro ordenamiento se apliquen por   fines) la correcta aplicación e interpretación del
                                                                                                         §
            igual a todos los justiciables; que las mismas se   derecho objetivo y la unificación de la jurispru­  Q
            interpreten uniformemente por nuestros Jueces  dencia nacional por la Corte Suprema de Justicia.




                                                                L a    c a s a c i ó  n     p e n a l    e n    e l    P e r ú    2    J
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