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I. ALGUNAS PRECISIONES PRELIMINARES para que el Código Procesal Penal constituya
un cuerpo orgánico, lo más completo que sea
El Código Procesal Penal aprobado por el Con posible, para evitar dudas en su concepción,
greso de la República, el mismo que ha sido ob ha debido consignarse un artículo que señale
servado por el Poder Ejecutivo mediante Oficio en forma concreta las finalidades del recurso
No. 008-96-PR de 12 de enero de 1996, siguien de casación en materia procesal penal, para
do la corriente moderna en materia procesal, ha de ese modo también distinguirlo de las finali
incluido, dentro de los recursos impugnatorios, dades de la actividad jurisdiccional en sentido
el de casación. Si bien el indicado Código no estricto. No debemos dejar de considerar que
señala cuáles son sus finalidades, como sí lo las reglas procesales deben ser claras y precisas,
señala el Código Procesal Civil (artículo 384), debiendo, en su estructura, incluso, guardar un
posiblemente el criterio de los que lo han orden lógico de secuencias, permitiendo así
estructurado es el de remitirse en este punto un adecuado manejo por los operadores del
al ordenamiento procesal civil. En ese sentido proceso. La experiencia en materia civil nos ha
hecho constatar dos hechos:
incluso fue la opinión del magister Arsenio Oré a) Se advierte que los operadores en el pro
de Derecho de la U niversidad de Lima versidad Nacional Mayor de San Marcos. jurisdiccional en el sentido riguroso de la
Guardia, especialista en materia procesal penal,
expuesta en un seminario sobre Derecho Penal
y Derecho Procesal Penal, que se desarrolló en
ceso civil confunden todavía la función
la Unidad de Post Grado de Derecho de la Uni
función casatoria, de modo tal que, por
ejemplo, en los informes orales los señores
abogados se circunscriben a exponer sobre
En el Código Procesal Civil, en su numeral 384,
se señala que el recurso de casación tiene por
el fondo de la controversia y se olvidan re
fines esenciales la correcta interpretación y apli
ferirse sobre las causales de casación que
han invocado para impugnar la resolución
cación del derecho objetivo y la unificación de
judicial cuestionada y que han servido para
declarar procedente el recurso.
de Justicia. Por consiguiente, si esta norma fuese
de rigurosa observancia en el proceso penal,
Facultad la jurisprudencia nacional por la Corte Suprema b) Asimismo, se advierte que los abogados,
llegaríamos a la conclusión de que la norma con
en gran medida, recurriendo al propio
tenida en el inciso 4 del artículo 389 del Código
recurso de casación, no obstante su clara
Procesal Penal, que autoriza el control casatorio
por alum nos de la relativo a la evaluación de los elementos pro juzgamiento en las instancias inferiores. En
improcedencia, procuran que los procesos
batorios, es ilegal por ser incongruente con las
que patrocinan lleguen a toda costa a la ins
tancia suprema, pretendiendo una decisión
finalidades de la casación previstas en el Código
de mérito sobre lo que ha sido materia de
Procesal Civil. Sin embargo, puede sostenerse
válidamente que si las anotadas finalidades de
Revista editada la casación no son las únicas, pues, el mencio este sentido, en el campo civil, se advierte
que el recurso de casación se ha convertido
nado artículo utiliza la palabra "esenciales", que
por hoy en un medio dilatorio del proceso,
da la posibilidad de establecerse o concebirse
otras finalidades, es factible el control casatorio
distorsionando una de las finalidades del
proceso: la celeridad. Se debe tener pre
de la evaluación de la pruebas efectuada por el
sente que el artículo 11 de la Ley Orgánica
organismo de mérito en lo civil al pronunciarse
sobre el fondo de la controversia. En efecto, del Poder Judicial prevé que lo resuelto en
de la lectura que hacemos de las causales de segunda instancia, que constituye la última
A D V O C A T U S 129 a la determinación que este cuerpo procesal flictos que se ventilan en el proceso penal.
instancia de mérito, produce la cosa juzga
casación en el Código Procesal Penal llegamos
da, con lo que se agota la vía jurisdiccional
en sentido estricto. En el campo penal es
prevé como finalidad del recurso no sólo la
posible que se den estos hechos, lo que
correcta observancia de la norma jurídica, sino
debe evitarse dada la naturaleza de los con
tam bién la correcta apreciación de los ele
mentos probatorios. No obstante lo expuesto,
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