Page 321 - Edición N° 29
P. 321
Perú es utilizada en Colombia, los documentos no registrar el contrato de licencia en el registro
que den cuenta del uso de la marca en dicho de marcas, pues el artículo 7 del Decreto Le
país servirán perfectamente en un procedimien gislativo 1075 señala que "ni su validez ni sus
to de cancelación iniciado en el Perú. efectos frente a terceros, estará supeditada
a su inscripción" De suscitarse este supuesto
La norma tam poco exige que la marca sea (licenciatario que no registra el contrato de li
utilizada de manera ininterrumpida y por tres cencia), el licenciatario será considerado como
(3) años en forma consecutiva. Se exige que el "persona autorizada", a la luz de lo dispuesto en
titular demuestre el uso de la marca dentro del el artículo 165 de la Decisión.
período de los tres años anteriores a la interpo
sición de la acción y no a lo largo de todo dicho Respecto de la "persona autorizada", si bien la
período. Por ello, sería factible probar el uso de Decisión no establece una definición, elTribunal
una marca con documentos que den cuenta del INDECOPI viene aplicando una presunción
del uso durante solo un año, siempre y cuando, consistente en asumir que la presentación de
claro está, el uso esté acorde a la naturaleza de documentos expedidos por un tercero -distinto
L im a los productos o servicios protegidos. al titular de la marca- y presentados con el obje
d e Con la exigencia del período de uso antes seña to de acreditar el uso de una marca, implica que
el titular de la marca ha autorizado a dicho terce
n iv e rs id a d lado se evita que el titular de la marca presente ro (persona autorizada) utilizar la marca. Así, lo
señaló el Tribunal del INDECOPI en un reciente
como pruebas, documentos que evidencian
U el uso de la marca en una fecha posterior al pronunciamiento al sostener que: "(...) cabe
la inicio de la cancelación. De ahí que el Tribunal precisar que si bien éstos han sido emitidos
por White Martins Gases Industriáis Ltda., em
del INDECOPI haya sostenido en innumerables
e re c h o d e resoluciones que: presa distinta a la titular de la marca, al haber
sido presentadas por la propia emplazada, se
D "(...) todo documento o prueba que se infiere que se trata de una empresa autorizada
presente u ofrezca debe cumplir con el re
d e quisito de haber sido emitido, producido o para utilizar el signo WHITE MARTINS"5.
F a c u lta d fabricado dentro del plazo que se tiene para La acción puede conllevar a una cancelación
total o parcial del registro.
acreditar el uso de la marca, a saber, dentro
la de los tres años anteriores al inicio de la
n o s d e correspondiente acción de cancelación por Como regla general, el uso de la marca se debe
acreditar en relación a todos los productos y/o
falta de uso"4.
servicios distinguidos por ésta. Si no se acredita
p o r a lu m Un punto importante a tomar en cuenta es que el uso para algún producto o servicio protegido,
se permite que el uso de la marca sea realizado
entonces el registro es cancelado en su totalidad.
e d ita d a tanto por el titular de la marca, como por un En aquellos casos en los que el uso es probado sólo
respecto de algún(os) producto(s) o servicio(s),
licenciatario (persona o empresa que ha cele
entonces entra a tallar la figura de la cancelación
brado un contrato de licencia para usar la marca
R e v is ta en un período determinado) o por "persona parcial, que no es otra cosa más que dejar vigente
autorizada" por el titular.
el registro de la marca solamente respecto de los
tando) del ámbito de protección los productos o
Respecto del licenciatario, es importante referir productos o servicios probados excluyendo (limi
que no existe ninguna consecuencia legal por servicios para los cuales no se prueba el uso.
129
ADVOCATUS 4. Resolución No. 1621 -2012/TPI-INDECOPI de fecha 5 de setiem bre de 2012, recaída en el expediente No. 385936-
2009.
5.
Resolución No. 2410-2013/TPI-INDECOPI de fecha 16 de ju lio de 2013, recaída en el expediente No. 469073-2011.
318 R i c a r d o D e V e t t o r P i n i l l o s