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la que se refería Norberto Bobbio, cuando una En ese sentido, podemos concluir que la Orde
norma puede resultar eficaz sin ser válida. El nanza N° 1467 mediante la cual la Municipalidad
mencionado autor indicaba que: Metropolitana de Lima se ha irrogado la compe
tencia para la aprobación de los Planeamientos
"El problema de la eficacia de una norma es Integrales dentro de la provincia de Lima, si bien
el problema de si la norma es o no cumplida es una norma vigente que carece de validez
por las personas a quienes se dirige -los lla dentro del marco normativo-constitucional vi
mados destinatarios de la norma jurídica-y, gente, se mantiene eficaz, en tanto la misma es
en caso de ser violada, que la haga valer con mayoritariamente acatada por sus destinatarios
medios coercitivos por la autoridad que la ha finales -propietarios de los predios y autorida
impuesto. Este problema nos lleva al terreno des distritales-, y en la medida que la autoridad
de la aplicación de las normas jurídicas, o sea metropolitana cuenta con los mecanismos de
al terreno de los comportamientos efectivos control de ciertos aspectos relacionados con el
de los hombres que viven en sociedad, de sus desarrollo de los procesos de habilitación y edifi
intereses opuestos, de las acciones y reac cación, tales como la facultad de declaración de
U n ive rsid a d de Lim a investigaciones en torno a la vida del derecho, de impacto vial que pudieran aplicar a alguna de
nulidad de licencias o aprobaciones de estudios
ciones frente a la autoridad, y da lugar a las
en su nacimiento, en su desarrollo, en sus
las fases de un proyecto inmobiliario; se puede
cambios, investigaciones, que de ordinario
afirmar que la autoridad metropolitana cuenta
con oportunidades para, dentro o, incluso, fuera
están relacionados con el análisis de carácter
de los cánones de control a ella atribuidos, po
histórico y sociológico."^6
der coactar a los interesados para dar efectivo
F acultad de D e rech o de la Por su parte, Ferrajoli se ha pronunciado sobre tenemos que con fecha 23 de octubre del 2015
cum plim iento a la mencionada Ordenanza,
logrando su efectiva realización social.
lo inapropiado de limitar al derecho al aspecto
netamente normativo, señalando que:
No obstante lo anterior, en el horizonte del
Derecho vivo se vislumbra un eventual final
"(...) La descripción sólo del derecho que
de la eficacia de la Ordenanza N° 1467 o, por lo
-normativamente- debe ser, que realiza la
aproximación normativista, ignora el derecho
menos, una puesta en cuestión de tal eficacia
por parte de otras autoridades. En ese sentido,
que es, es decir, su práctica real."17
R evista e d ita d a p o r a lu m n o s de la "La constatación de esta divergencia entre se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la
Ordenanza N° 298-2015-ML, mediante la cual
deber ser y ser en el derecho, es decir, entre
normatividad y facticidad, es el paradigma
la Municipalidad Distrital de Lurín regula el
más interesante que el paradigma constitu
procedimiento de aprobación del planeamiento
cional asigna a la ciencia jurídica."18
integral para los procesos de independización
16. BOBBIO, Norberto. Op. Cit. pp. 22 y 25. La doctrina distingue, incluso, los términos "eficacia" "eficiencia" y
"efectividad", mientras que el primero supone observancia o cum plim iento de lo que la norma dispone, el segundo
pondera la economía en recursos y tiem po que supone dicho cum plim iento y el tercero hace referencia al hecho
de si ese cum plim iento ha logrado el aseguramiento del fin perseguido por la norma (no todo cum plim iento lo
consigue). Sobre el particular, cfr.: SANCHEZ DE LA TORRE, Ángel. "Los Tópicos: eficacia, eficiencia y efectividad en
ei Derecho". En: SANCHEZ DE LA TORRE, Ángel y HOYO SIERRA, Isabel Aracelli (coordinadores). Eficacia del Derecho
AD VO C ATU S 133 17. las sanciones", ibíd. p. 90.
(Teoría y aplicaciones). Madrid: Dykinson S.L., 2010. p. 12 y FALCON Y TELLA, María José. "La pretendida eficacia de
FERRAJOLI, Luigi “La teoría del derecho en el sistema de los saberes jurídicos". En: FERRAJOLI, Luigi; MORESO, José
Juan; ATIENZA, Manuel. La Teoría del Derecho en el Paradigma Constitucional. Madrid: Fundación Coloquio Jurídico
Europeo, Segunda Edición, 2009. pp. 42-43.
18. Ibíd., p. 44.
5 2 M o i s é s A r a t a S o l í s / C a r o l V i l l a n u e v a A n t i c o n a