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tribuyen riesgos y recursos, preferentemente   sinónimos, como en el caso de la normativa del
                                                                                                             ■ luí  i
               privados, con el objeto de crear, desarrollar,   Perú. En cualquier caso, las APP permitieron avan­  «
               mejorar, operar o mantener infraestructura   zar en esta línea de incorporar financiamiento y   U / J
               pública o proveer servicios públicos. Partici­  gestión  privada  al  manejo de activos  públicos   m u i
                                                                                                             QJX
               pan en una APP: el Estado, a través de alguna   sin las resistencias que provocó la privatización,
                                                                                                             LLLU
               de las entidades públicas establecidas en el   por menor exposición política, en la medida en
                                                                                                      DERECHO
               artículo precedente, y uno o más inversionis­  que no se enajenaban esos activos públicos en   REGULATORIO:
                                                                                                     ASOCIACIONES
                                                                                                       PUBLICO
               tas privados".                           favor del  sector privado. Luego, ya en  los años   PRIVADAS
                                                        dos mil, demostraron la necesidad de ser aplica­
           Este artículo fue modificado por el artículo 1 de   das teniendo en cuenta la transparencia con  la
           la Ley 30167, publicada el 2 marzo de 2014, cuyo   sociedad civil y su participación en la aprobación
           texto es el siguiente:                       social de la implementación de las APP.


               "Las Asociaciones Público-Privadas - APP son   La  posibilidad  de  levantar  recursos del  sector
               modalidades de participación de la inversión   privado es una de las ventajas que le da valor   ro
                                                                                                         E
               privada en las que se incorpora experiencia,   a  las  políticas  APP.  Entonces,  si  el  gobierno
               conocimientos, equipos, tecnología, y se dis­  tiene  los  recursos, ¿siempre debe  hacerlo  por   (U
                                                                                                        T3
               tribuyen riesgos y recursos, preferentemente   sí mismo? ¿O en algunos casos, aun así, puede   T3 ro
                                                                                                        "O
               privados, con el objeto de crear, desarrollar,   haber valor de hacer una APP? Efectivamente,
                                                                                                         i/i
               mejorar, operar o mantener infraestructu­  hay otras fuentes de valor: la gestión diferencial   ai
                                                                                                         >
               ra pública, proveer servicios públicos y/o   que se espera que pueda ser mejor en el sector   c
                                                                                                        3
               prestar los servicios vinculados a éstos que   privado que en  el  público7 y la  posibilidad  de   _ro
               requiera brindar el Estado, así como desa­  transferir  riesgos  del  sector  público  hacia  el   ai
                                                                                                        T>
               rrollar proyectos de investigación aplicada   sector privado durante un horizonte temporal   O
                                                                                                        -C
               y/o innovación tecnológica, de acuerdo a las   extenso. En tales casos, si una APP no puede ser   u
                                                                                                         oj
               condiciones establecidas en el Reglamento de   autofinanciada por el mercado, se puede optar   ai
                                                                                                        0
               la presente norma. Participan en una APP: el   por un esquema de cofinanciamiento estatal al   ai
                                                                                                        X ¡
               Estado, a través de alguna de las entidades   proyecto, a fondo perdido, sin requerimiento de   tj
                                                                                                         ro
               públicas establecidas en el artículo prece­  retorno para los recursos estatales.
                                                                                                         3
               dente, y uno o más inversionistas privados."                                              01
                                                                                                         ro
                                                                                                        LL.
                                                        II.  EL ESPEJO DE LAS APP TIENE                  ro
                                                                                                         a;
           Las  políticas APP en  América  Latina  son "des-   DOS CARAS                                ■o
           cendientes"de las políticas de incorporación del                                              O
                                                                                                         c
           capital  privado a actividades tradicionalmente   Al parecer, no habría una única razón por la cual   E
           llevadas a cabo por el sector público exclusiva­  llevar a cabo una APP para desarrollar un determi­  3
                                                                                                         ro
           mente.  Estas  políticas se implementaron a  raíz   nado proyecto público. Como tampoco hay una   O
           del  cambio de paradigma de desarrollo a  fines   sola definición de ellas. Sin embargo, resulta por   Q.
                                                                                                         ro
                                                                                                        “O
           de  los ochenta. Inicialmente asumieron dichas   demás interesante comprobar que el énfasis de   ro
           políticas  la  forma  de  privatización,  tomando   cada definición pone en relieve un aspecto clave   T3
                                                                                                         ai
           pie en  las  recomendaciones contenidas en  el   de lo que son las APP, de lo que significan, de lo   ro
                                                                                                         i/i
           Consenso de Washington. Posteriormente, hacia   que son capaces de aportar a la gestión pública.  ’>
                                                                                                         ai
           mediados de los noventa, mutaron hacia la figura                                             cc
           de las concesiones, las cuales en algunos países   Considérese la definición consignada en  la  le­
           representan una entidad jurídica distinta a las de   gislación peruana, por ejemplo, inspirada en lo
                                                                                                        o
           las APP, como es el caso de Chile, mientas que en   que puede hacer una APP, en la misma línea de   co
           otros, prácticamente se trata de dos conceptos  pensamiento que la del Banco Mundial y la del
                                                                                                        2
                                                                                                        §
                                                                                                        Q
           7.   Al menos en América Latina donde los aparatos estatales son precarios y suelen entregar malos servicios.


            C o n t r a t o s   i n c o m  p l e t o s ,   i n s t i t u c i o n e s   y   r e g u l a c i ó n   d e   A s o c i a c i o n e s   P ú b l i c o - P r i v a d a s    j 2 3
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