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de 1837, y retroceder al ejemplar del Diccionario   A  estos  datos  debe  agregarse  que  López  de
                de Autoridades que se encuentra en la antigua   Zavalía, se ocupó del problema que en materia
                biblioteca jesuítica.                         notarial se presenta con el uso del distracto para
                                                              solucionar el disfavor que padecen las donacio­
                Hoy quien tenga inquietudes filológicas y desee   nes de inmuebles, problema que había motiva­
                investigar qué ha  pasado con  una voz,  puede   do que un notario de Buenos Aires publicara dos
                abrir la página de la Real Academia Española,y   artículos vinculados con el empleo del distracto
                efectuar allíuna búsqueda que le permite deter­  como herramienta para bonificar los títulos de
                minar en qué momento apareció un vocablo y    donación que resultan siempre objetados32.
                cuál ha sido el significado que ha ido teniendo
                y su evolución  a  lo largo del  tiempo; es decir,   También se ha ocupado del tema, entre otros,
                conocer toda su historia.                     el escribano Carlos Nicolás Gatarri:"D/'sfracfo de
                                                              donación". En: Revista del  Notariado N° 846, p.
                Esta útil  herramienta que la Real Academia Es­  533. A raíz de eso López de Zavalía le escribe una
                pañola ha puesto al alcance de todos, posibilitó   carta a Di Castelnuovo analizando el concepto
          la  Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                nuestra búsqueda, a lo que se han sumado los   de distracto; esa carta es un verdadero artículo
                contactos  que tomamos con juristas amigos,   de doctrina, y fue publicada en la Revista Nota­
                que nos escribieron de inmediato.             rial de la Plata33.


                Debemos  señalar que  un joven,  hijo  de  uno   Pues bien, el hijo de López de Zavalía reflexio­
                de los profesores de Contratos más destacado   naba:  los  distinguidos  miembros  de  la  Real
                que ha existido en la República Argentina, Fer­  Academia Española no vacilan en incorporar al
                nando J. López de Zavalía, a quién la Academia   diccionario vocablos del lenguaje popular o del
                distinguió  en  su  momento  como  Maestro del   "lunfardo", pero no deben negar a los hombres
                Derecho30, nos dijo que en el tomo primero de   de Derecho la posibilidad de emplear vocablos
                la obra de Contratos de su padre está empleado   jurídicos de larga tradición, aunque provengan
                y explicado el  alcance del  vocablo  distracto31.   de lenguas muertas. EI"distracto"está vinculado
                A  continuación  reproducía  en  ese  correo tres   a la definición misma del contrato y a esa célebre
                largos párrafos de la obra de su padre, dato que,   discusión entre la tesis amplia y la restringida34.
                por supuesto, agradecemos.
                                                              En la obra de López de Zavalía se advierte que el
          Revista  editada  por alum nos  de   30.  Esa  distinción  solamente  se  ha  otorgado  en  tres  oportunidades.  La  segunda  de  ellas,  en  1996,  tuvo  como
                El mismo día, en otro correo, nos decía: "Con el
                                                              vocablo "distracto", tiene raigambre en el propio
                buscador de "Google" configurado en la opción
                                                              Código Civil Argentino, ya que si bien  no está
                "Buscar sólo páginas en español" la palabra "dis­
                                                              utilizado en ninguno de los artículos del Código,
                                                              en la nota al artículo 1493, primero del título de
                tracto" arroja 37.600 resultados".



                    destinatario a  López de Zavalía. Con  anterioridad, en  1990, se distinguió a  un  romanista, Agustín  Díaz Bialet y
                    posteriormente, en 2008, a un constitucionalista y miembro de la Corte Suprema de la Nación, Carlos S. Fayt.
                31.  Correo  electrónico  del  día  2  de  marzo,  en  el  que  expresaba  textualmente:  "En  nuestro  doctrina,  el  término
                    "distracto", está vinculado a la definición misma de contrato, en esa célebre discusión entre la tesis amplia y la tesis
                    restringida, como lo demuestra la pág. 16 de la última edición del tomo I de Teoría de los contratos, que a continuación
                    te transcribo: (...)".
          130   32.  Cfr.:DI  CASTELNUOVO,Gastón  R. "El distracto. Medio inadecuado para bonificar títulos provenientes de donación".
          ADVOCATUS   33.  Cfr.:LÓPEZ  DE  ZAVALÍA,Fernando.  "Acerca del distracto"  En:  Revista  Notarial  N°  926,  p.  73.  Puede  consultarse
                    En: Revista Notarial N° 919, p. 575; y, "La simulación, el distracto y, otra vez, las donaciones a extraños". En: Revista
                    Notarial N°926, p. 41.

                    también en la página web de la Academia Nacional de Derecho de Córdoba: <www.acaderc.org.ar>.
                34.  Ver más arriba nota 30




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