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ha acogido al beneficio tributario del IR, al haber   En ese sentido, el texto literal de la norma esta­
                 obtenido la aprobación del proyecto de innova­  blece lo siguiente:
                 ción presentado. No obstante, habrían sido 50
                 empresas las que a la fecha, habrían presentado   "Los gastos en proyectos de investigación
                 sus proyectos a dicha entidad.                   científica,  tecnológica e innovación tecno­
                                                                  lógica  v in cu la d o s  a l g iro  del negocio de la
                 Sumado a ello, parte del sector empresarial ha   empresa s e   d e d u c i r á n   a  p a r t i r  d e l  e j e r c i c i o
                 criticado la demora en  la tramitación de estos   en q u e  se efectú e  d ich a  ca lifica ció n .
                 proyectos,  indicando  que  inclusive  podrían
                 tomar años en la aprobación de los mismos3.      Tratándose de los gastos en proyectos de inves­
                                                                  tigación científica, tecnológica e innovación
                 En  este  escenario,  el  Estado  ha  reconocido   tecnológica no vin cu la d o s a l g iro  d el n egocio
                 deficiencias en  la  normativa vigente,  buscan­  de la empresa; si e l co n trib u ye n te  n o  obtien e
                 do  enmendar  dicha  situación,  modificando     la  a lu d id a  ca lifica ció n  a ntes d e  la   fecha  de
                 las  reglas vigentes a  partir del  ejercicio  2016,   ven cim ien to  p a ra  la  p re se n ta ció n  de la  D e ­
           de  Derecho  de  la  Universidad  de  Lima  de dicho ejercicio, el  régimen aplicable será el   p o d rá  d e d u cir e l sesen ta  y  cin co  p o r ciento
                 incrementado  los  porcentajes  de  deducción
                                                                  cla ra ció n  Ju ra d a  A n u a l del ejercicio en el que
                                                                  inició el proyecto de investigación científica,
                 de los gastos de investigación, fomentando la
                 aplicación de dicho régimen.
                                                                  tecnológica e innovación tecnológica, so lo
                                                                  (6 5 % ) d el total d e  los g astos d eve n g a d o s a
                 No obstante ello,  para  los contribuyentes que
                                                                  p a rtir d el ejercicio   en  q ue se  efectúe d ich a
                 han  iniciado proyectos de investigación antes
                                                                  ca lifica ció n , siempre que la calificación le sea
                                                                  otorgada dentro de los seis (6) meses poste­
                 aprobado por el Decreto Legislativo 1124, salvo
                                                                  riores a la fecha de vencimiento de la referida
                 que  el  proyecto  de  investigación  no  hubiera
                                                                  Declaración Jurada Anual" (Énfasis agregado).
                 sido  calificado  por el  CONCYTEC  durante  los
                 ejercicios previos al 2016.
                                                              proyectos de investigación científica, tecnológi­
           por  alumnos  de  la  Facultad   Resulta por tanto de especial relevancia conocer   Así, mientras que la deducción de los gastos en
                 los puntos de conexión y diferencias previstas
                                                              ca e innovación tecnológica vinculados al giro
                                                              del negocio, se efectúan a partir del ejercicio en
                 sobre  el  régimen  vigente y  las  nuevas  reglas
                                                              que se efectúe la calificación y por el íntegro del
                 aplicables al ejercicio 2016, a fin de tener certeza
                                                              importe erogado; aquellos gastos no vinculados
                 en cuanto al tratamiento fiscal aplicable en cada
                                                              al giro del negocio, cuya calificación ocurra con
                 caso en particular. III.
                                                              posterioridad  a  la  presentación  de la  Declara­
                                                              ción Jurada anual  del  IR, sólo podrá deducirse
                 III.  REGLAS PARA LA DEDUCCIÓN DE LOS
                                                              hasta  el  65% del  importe erogado; y siempre
                     GASTOS DE INVESTIGACIÓN
           Revista  editada   1.  Importe y oportunidad de la deducción.  que  la  calificación  le  sea  otorgada  dentro  de
                                                              los seis (6) meses posteriores a la fecha de ven­
                                                              cimiento de la referida declaración.
                 1.1.  R é g im e n  v ig e n te  - E je rcicio  2015.
                                                              Nótese que mientras el segundo párrafo de la
                 Conforme al  régimen vigente, se han  previsto
                                                              dos con el giro del  negocio, establece que son
                 normas expresas para la deducción de los gastos   norma correspondiente a los gastos no vincula­
                 de investigación, dependiendo si aquellos están   deducibles los gastos devengados "a partir del
           130   vinculados o no, al giro del negocio.        ejercicio en que se efectúa dicha calificación", el

           S
           T U
           A
           C
           O
           V     3.   Opinión vertida por el Presidente del Comité de Plásticos de la Sociedad Nacional de Industrias, Eduardo Farah, en
           D
           A         entrevista con el Diario La República, el 28 de diciembre del2014.


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