Page 165 - Edición N° 26
P. 165

I.   LA JUSTIFICACIÓN CONSTITUCIONAL         es posible que la actividad heterocompositiva
                       DEL ARBITRAJE EN EL MODELO ESPAÑOL       de  llevar  a  cabo  la  resolución jurídica de las
                       DE ARBITRAJE                             controversias sobre materias de la libre disposición
                                                                conforme a derecho pueda ser realizada a través
                   Casi  todo  lo  que  se  afirm a  son  cosas  y/o   de sujetos o personas llamadas árbitros que, sin
                   argumentos que — en el  mejor de los casos—   hallarse investidas por el Estado de la potestad
                   se entienden  por sí solos y a los que el sentido   jurisdiccional  constitucional,  lleven  a  cabo  la
                   común  llega  por  si  mismo.  A  este  respecto,   resolución  de  aquéllas  [las  controversias,  se
                   adoptaré una perspectiva de medio a fin. O sea,   entiende, de la libre disposición para las partes
                   si  se postula como  deseable  un  determinado   conforme a  derecho]  con  arreglo  a  derecho
                   fin, será racional utilizar los medios más idóneos   decidiendo — los árbitros, se entiende— solo en
                   para alcanzarlo, e irracional (en diversos grados)   equidad si han sido autorizados "expresamente
                   todo lo demás. Por tanto, el concepto de "razón"   para ello"— por las partes, se entiende— .
                   que  defiendo  será  racional en  la  medida  que
                  permita lograr la finalidad que deseo alcanzar sin   Me concedo que la finalidad racional alcanzada
             Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                   mayores fisuras dialécticas. De ahí se sigue que   y descrita es el horizonte que, por ahora, deseo
                   el concepto de"razón"que postulo será racional   enfatizar. Y la misma, además, concierne a una
                   en la medida en que permita lograr esa finalidad   ¡dea ya de antiguo difundida; o sea ni novedosa
                  que  anhelo.  En  otras  palabras:  de  la  función   ni genialoide.
                  que  asignemos  a  esa  finalidad dependerá  la
                  racionalidad del  instrumental  que  pongamos   Es  más,  postulo  que  dejemos  cegarnos  por
                  en acción. ¿Cuál es, pues, la meta  hacia la que   claridades  no  tan  momentáneas,  ya  que  el
                  se  orienta  mi  esfuerzo  que permita lograr la   vínculo entre "actividad heterocompositiva" y
                  finalidad racional que deseo alcanzar?        "arbitraje"ha de ser, pienso yo, diáfano y pacifico.


                   No  es  in stantánea  flo r  de  ocurrencias   Para  empezar, el  incordio — del  arbitraje  para
                  sobrevenidas si digo que la finalidad que deseo   algunos,  se  entiende—  afecta  al  mismísimo
                  alcanzar no es otra que la de justificar la actuación   texto constitucional. Y como creo  que éste es
                  del ordenamiento jurídico. Pero, a lo que voy. No   momento  de  meterse en  honduras,  no  deseo
                  cualquier actuación del ordenamiento jurídico.   omitir el tratamiento constitucional del mentado
                  ¡No!  Sino  únicamente  — he  de  confesarlo—
                                                                vinculo  por  lo  que  me veo obligado a  señalar
             por  alum nos  de  la   cuando exista la patología jurídica en los casos   que  no  comparto  esa  zafia  y expeditiva "ver­
                                                                dad" de algunos consistente en  no justificar el
                  en que se plantean controversias sobre materias
                                                                arbitraje en el texto constitucional.1 Así que, si
                  de [la] libre disposición conforme a derecho en las
                  que no sólo es posible concretar la actuación del
                                                                por ahora no he razonado del todo mi postura,
                  ordenamiento jurídico a través de  la vertiente
                                                                confió en que al menos haya aclarado por quien
             Revista  editada   de la función jurisdiccional que llevan a cabo los   no tomo partido.
                  órganos investidos de la potestad jurisdiccional
                                                                Reivindicada  queda,  pues,  mi  opción  tout a
                  estática  y  permanente,  única  e  indivisible  —
                                                                court, en detrimento de ese títere verbal  de la
                  son  los  estatales—,  denominados Juzgados y
                                                                "actividad heterocompositiva" sin  mayor justifi­
                   Tribunales y  mediante  unas  normas,  que,  con
                  el  carácter de irrenunciables,  se  regulan  en  el
                  Código procesal civil español, sino que también  cación. Pero, con ello, no he agotado la materia
                                                                de los desacuerdos; porque aflora entonces la
             126
             ADVOCATUS   1.   justificación del arbitraje y la aplicación al mismo del garantismo procesal. Relación del derecho constitucional a la
                      LORCA  NAVARRETE,  Antonio  Ma.  ¿Es  posible  el  amparo  constitucional  frente  al  arbitraje?  Reflexiones  sobre  la

                      tutela judicial efectiva con el arbitraje desde la vertiente de la justificación de las garantías que se aplican tanto a ese
                      derecho constitucional —el denominado "derecho a la tutela judicial efectiva"— como al arbitraje. Publicaciones del
                      Instituto Vasco de Derecho procesal. San Sebastián 2011, pág. 2.



           162    A  n  t o  n  i o     M  a  r í a     L  o  r c a     N  a  v  a  r r e  t e
   160   161   162   163   164   165   166   167   168   169   170