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12.    El progreso científico y técnico produce una uniformización progresiva de la cultura y
                exige,  además,  para  el  desarrollo  de  la  economía,  unas  inversiones  de  tal  magnitud  que  los

                Estados, individualmente considerados, son cada día menos capaces de permitirse, con lo que se
                ven forzados a una cooperación cada vez más estrecha.





                El derecho internacional público es el conjunto normativo destinado a reglamentar las relaciones

                entre sujetos internacionales.

                Tradicionalmente se había hablado de Estados, en lugar de sujetos internacionales,  y ello era

                explicable  cuando  los  Estados  eran  los  sujetos  únicos  dignos  de  consideración;  hoy  las

                organizaciones internacionales los van desplazando.


                A la política internacional le interesan las relaciones internacionales desde un punto de vista
                primariamente  fáctico,  sin  referencia  al  "deber  ser"  la  moral  internacional  no  coincide  en  su

                ámbito de aplicación con el Derecho internacional. Como todo Derecho, el internacional trata de
                garantizar únicamente un mínimo ético, dejando fuera de su campo a otro sector de la moral.


                Por otro lado, muchas  normas positivas  internacionales  no son ni  morales  ni  inmorales, sino

                simplemente  amorales.  Además,  la  violación  de  reglas  morales  trae  consigo  sanciones  de
                naturaleza distinta a las violaciones de normas jurídicas.


                La  teoría  de  las  relaciones  internacionales,  una  ciencia  reciente,  que  somete  a  análisis  las

                relaciones entre grupos sociales autónomos, de índole diversa, para la mejor comprensión de
                leyes y tendencias que rigen las relaciones entre ellos.


                El derecho internacional no debe ni puede, concebirse como una ciencia enteramente autónoma.

                La correcta interpretación de los fenómenos de formación, respeto, aplicación, violación, etc., de
                las normas internacionales, exige el mejor conocimiento de la realidad internacional, que solo es

                posible viéndola desde la diversa óptica que dan las distintas ramas de las ciencias sociales que

                se aplican a su estudio: historia diplomática y política internacional, economía internacional, y,
                en fin, teoría de las relaciones internacionales.
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