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LEY FEDERAL DE LA REFORMA AGRARIA
DEFINICIÓN DE DERECHO AGRARIO
El significado de Derecho agrario ha sido materializado de la siguiente manera: ―Es aquella
rama del derecho que contiene las normas que regulan el conjunto de las relaciones jurídicas que
se establecen en virtud de la agricultura o con respecto a ella.‖
En un Sentido más estricto puede definirse como el ―conjunto de normas eminentemente del
derecho público, que participando con disposiciones de derecho privado regula el régimen de
propiedad rural y las explotaciones agrícolas mediante leyes, reglamentos, jurisprudencias y
doctrina, de acuerdo con su especial cometido social.‖
El Derecho Agrario comprende propiamente el estatuto jurídico del campo, pero existe otras
actividades auxiliares dentro del proceso de explotación agrícola. Forma parte de un contexto
más amplio en que entraría la planificación agraria la organización colectiva, el extensionismo
rural y la industrialización del campo.
ANTECEDENTES DEL DERECHO AGRARIO EN MÉXICO
EL DERECHO AGRARIO PARA LOS ESPAÑOLES.
Con la llegada de los españoles a américa, las reparticiones de la tierra por parte de los aztecas y
los distintos pueblos de la américa prehispánica dejaron de funcionar.
En este caso los problemas comenzaron cuando los españoles y los portugueses no sabían cómo
repartirse las tierras, para ello, el Papa Alejandro VI expidió una bula en la que otorgó a los
Reyes Católicos de España todas las tierras descubiertas y por descubrir al poniente sur de una
línea trazada entre los polos Ártico y Antártico, que pasara a 100 leguas al oeste de la más
occidental de las Islas Azores y Cabo Verde y al Rey de Portugal las que quedaran al este.