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                  la otra es decir acerca de la naturaleza jurídica de la función pública. TEMA III

                  FORMAS        DE    ORGANIZACIÓN          ADMINISTRATIVA           FEDERAL.-3.1       LA


                  CENTRALIZACION            Y      DESCENTRALIZACION              ADMINISTRATIVA-LA

                  CENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA  la principal cualidad de la centralización

                  administrativa es que las entidades se encuentran relacionadas entre sí por

                  un vínculo jerárquico constante, en la cúspide se encuentra el Presidente y,

                  subordinados  a  él,  todos  aquellos  órganos  públicos  inferiores.  Así,  las


                  órdenes  y  la  toma  de  decisiones  de  la  administración  pública  centralizada

                  descienden  del  órgano  mayor  al  inferior,  de  tal  manera  que  todas  las

                  entidades  administrativas  guardan  un  orden  y  obedecen  a  los  imperativos

                  que emite la cúspide de la organización central.Es una forma de organización

                  administrativa en la cual los entes del Poder ejecutivo Se estructuran bajo  el


                  mando  unificado  y  directo  del  titular  de  la  Administración  Pública.  LA

                  DESCENTRALIZACIÓN  ADMINISTRATIVA  es  una  forma  de  organización  de

                  entes  que  pertenecen  al  poder  ejecutivo,   los  cuales  están  dotados  de  su

                  propia  personalidad  jurídica  y  de  autonomía  para  efectuar  tareas

                  administrativas. Características Descentralización son creadas por la Ley del


                  congreso,  el derecho positivo les reconoce una personalidad jurídica propia

                  distinta a la del estado, cuentan con patrimonio propio, gozan de autonomía

                  jerárquica  con  respecto  al  órgano  central  3.2   CENTRALIZACION

                  ADMINISTRATIVA  FEDERAL  la  constitución  es  el  instrumento  jurídico

                  mediante el cual se precisa la actividad del Estado y se organizan los cuadros


                  generales, políticos y administrativos, con ellos se cumplen los fines públicos.

                  El derecho administrativo regula, en forma pormenorizada, la organización y
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