Page 10 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
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o) TASA: Tributo cuyo hecho imponible consiste en la utilización de un bien del dominio Público, la
prestación de un servicio público o la realización por parte de la Administración de una
actividad que se refiera, afecte o beneficie de forma especial al contribuyente.
p) GRAVAMEN: Es el impuesto o carga de carácter fiscal que la Hacienda Pública impone sobre las
personas naturales o jurídicas.
q) CONTRIBUCIÓN: Es una clasificación de los tributos que se encuentra constituido por
prestaciones pecuniarias impuestas por el Municipio a ciertos contribuyentes en forma
obligatoria en los casos determinados por la Ley.
r) OBLIGACIÓN: Obligación que surge entre el Estado (distintas expresiones del Poder Público) y
los contribuyentes en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley, su reglamento
o el presente Plan de Arbitrio. Constituye un vínculo de carácter personal aunque su
cumplimiento se asegure mediante garantía real o con privilegios especiales.
s) EMPRESA ESTABLECIMIENTO COMERCIAL O NEGOCIO: Cualquier Sociedad Mercantil o
Comerciante Individual contemplados en el Código de Comercio, nacionales o extranjeras, que
perciban u obtengan ingresos de una o más fuentes de las actividades contempladas en la Ley.
t) DECLARACION: El Documento que bajo juramento los contribuyentes declaran sus obligaciones
impositivas.
u) AGENTE DE RETENCION: Toda persona natural o jurídica, que por disposición de la Ley o del
Reglamento está obligada a retener a los contribuyentes los tributos a favor de la
Municipalidad.
v) EL DEPARTAMENTO MUNICIPAL DE JUSTICIA: Es el encargado de velar el cumplimiento de las
Ordenanzas, Resoluciones y Acuerdos Municipales.
w) D.M.A: Departamento Municipal del Ambiente de la Municipalidad de Puerto Cortés.
x) ADMINISTRACION DE INGRESOS: El Departamento encargado del Control Tributario de la
Municipalidad.
y) SIG: Sistema de Información Geográfica Municipal.
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