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a afectar al acreedor
éste puede separar su Hipoteca sobre bien, nada que ver
hipotecario, ya que
real, bien sea cuando con la relación personal de crédito
acción personal de la
el demandado resulte
el mismo sujeto pasivo CCIÓN HIPOTECARIA. SI SE PLANTEA EN
Juicio hipotecario
en ambas obligacio- ACONTRA DE QUIEN OSTENTA LA CALIDAD
nes, o se trate de suje- DE DUEÑO DEL BIEN GRAVADO, ADUCIENDO
tos distintos, porque al QUE LA VINCULACIÓN QUE POSIBILITA SU
separar la acción real EJERCICIO RADICA EN QUE LA DEMANDADA
e intentar la personal, ADQUIRIÓ DICHO BIEN CUANDO YA SE EN-
ninguna se extingue, CONTRABA AFECTO A LA HIPOTECA, SU LE-
en virtud de que las ac- GITIMACIÓN PASIVA DEBE ANALIZARSE BAJO
ESA PREMISA, CON INDEPENDENCIA DE QUE
ciones tienen causas NO HUBIERA PARTICIPADO EN EL CONTRATO
diferentes y se refieren DE CRÉDITO CON GARANTÍA HIPOTECARIA
a cosas o prestaciones (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
distintas. La acción De acuerdo con lo sostenido por la Primera Sala
real hipotecaria se di- de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al
rige, pues, contra los resolver el amparo directo en revisión 3685/2014, el
bienes, no contra la término hipoteca puede referirse tanto al contrato,
persona, ya que no es como al derecho real o como al bien objeto de ella;
propiamente el cumpli- dichos conceptos derivan de una institución creada
miento de la obligación para garantizar el pago de una obligación principal,
de pago, derivada del y la prelación en su cobro con el valor de un bien
vínculo contractual, lo inmueble que queda afecto a ese fin; en dicha figura
que el acreedor exige, pueden coincidir diversas relaciones jurídicas, entre
ellas: a) la del acreedor hipotecario con su deudor
sino que a través de principal, b) la del acreedor con el titular registral
dicha acción lo que del inmueble hipotecado, así como c) el vínculo
está reclamando es el con todos los terceros que tuvieren algún interés
remate del bien que en el bien; al ser un derecho real, implica un poder
fue hipotecado como jurídico del acreedor sobre un inmueble determina-
garantía, para que con do, el que comprende la acción persecutoria; por
su producto se satisfa- ser de garantía conlleva también la prerrogativa
ga el crédito. de disposición y preferencia en el pago; asimismo,
Amparo directo 237/2017. constituye un gravamen sobre un bien ajeno, el
Bankaool, S.A., I.B.M. 24 cual trasciende la relación personal de crédito. Así,
de mayo de 2017. Unani-
midad de votos. Ponente: la acción hipotecaria surge de cualquiera de las
Abraham S. Marcos Valdés. relaciones mencionadas, y puede tener diversas
Secretaria: Miriam Marcela finalidades, en atención a cuál sea la prerrogativa
Punzo Bravo.
Esta tesis se publicó el vier- derivada de la institución jurídica que se pretende
nes 26 de enero de 2018 hacer valer. Línea de pensamiento que concuerda
a las 10:27 horas en el con los numerales 2786 y 2787 del Código Civil del
Semanario Judicial de la Estado de Chihuahua, que estatuyen, en esencia,
Federación.
Décima Época.- Registro: la misma concepción en cuanto a la definición de la
2016070.- Instancia: OCTA- hipoteca, su naturaleza, así como la trascendencia
VO TRIBUNAL COLEGIA- del derecho que genera; igual idea es visible en el
DO EN MATERIA CIVIL DEL
PRIMER CIRCUITO.- Tesis: artículo 12 del Código de Procedimientos Civiles
Aislada.- Fuente: Semanario del propio Estado, habida cuenta que prevé la
Judicial de la Federación.- acción hipotecaria con sus diferentes propósitos.
Publicación: viernes 26
de enero de 2018.- Tesis: Ante tal panorama, si se plantea un juicio en con-
I.8o.C.48 C (10a.) tra de quien ostenta la calidad de dueño del bien
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