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constituyen  o  no  usura,     Amparo directo 415/2017. Felipe García Rodríguez. 17 de noviembre de 2017. Unanimidad
                        atento  a  los  parámetros     de votos. Ponente: José Manuel De Alba De Alba. Secretario: Lucio Huesca Ballesteros.
                                                       Nota: La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 350/2013 y las
                        objetivos  y  al  elemento     tesis de jurisprudencia 1a./J. 46/2014 (10a.) y 1a./J. 47/2014 (10a.), de títulos y subtítulos:
                        subjetivo a los cuales hizo    "PAGARÉ. EL ARTÍCULO 174, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS
                        mención  la  Primera  Sala     Y OPERACIONES DE CRÉDITO, PERMITE A LAS PARTES LA LIBRE CONVENCIÓN
                        de  la  Suprema  Corte  de     DE INTERESES CON LA LIMITANTE DE QUE LOS MISMOS NO SEAN USURARIOS.
                                                       INTERPRETACIÓN CONFORME CON LA CONSTITUCIÓN [ABANDONO DE LA JURIS-
                        Justicia  de  la  Nación,  al   PRUDENCIA 1a./J. 132/2012 (10a.) Y DE LA TESIS AISLADA 1a. CCLXIV/2012 (10a.)]." y
               Intereses usurarios
                        resolver la contradicción de   "PAGARÉ. SI EL JUZGADOR ADVIERTE QUE LA TASA DE INTERESES PACTADA CON
                        tesis 350/2013 y, de consi-    BASE EN EL ARTÍCULO 174, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS
                                                       Y OPERACIONES DE CRÉDITO ES NOTORIAMENTE USURARIA PUEDE, DE OFICIO,
                        derarlos usurarios, reducir    REDUCIRLA PRUDENCIALMENTE." citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial
                        prudencialmente la tasa de     de la Federación del viernes 27 de junio de 2014 a las 9:30 horas y en la Gaceta del Sema-
                        interés pactada. Ahora bien,   nario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 7, Tomo I, junio de 2014, páginas 349,
                                                       400 y 402, respectivamente.
                        en caso de que el juzgador     En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa jurisprudencial 1a./J.
                        responsable omita estudiar     53/2016 (10a.), de título y subtítulo: "USURA. CUANDO EL TRIBUNAL COLEGIADO DE
                        la posible actualización de    CIRCUITO ADVIERTA DE MANERA INDICIARIA SU POSIBLE CONFIGURACIÓN SIN QUE
                        usura, si el Tribunal Cole-    ESE TÓPICO HAYA SIDO OBJETO DE ANÁLISIS DURANTE EL JUICIO, DEBE CONCEDER
                                                       EL AMPARO PARA QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EXAMINE LO CONDUCENTE AL
                        giado de Circuito advierte     TENOR DE LOS PARÁMETROS ESTABLECIDOS POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
                        indiciariamente  un  pacto     DE LA NACIÓN.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 18 de
                        usurario  en  la  fijación  de   noviembre de 2016 a las 10:29 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación,
                                                       Décima Época, Libro 36, Tomo II, noviembre de 2016, página 879.
                        la tasa mencionada, debe       Esta tesis se publicó el viernes 26 de enero de 2018 a las 10:27 horas en el Semanario
                        concederse el amparo, para     Judicial de la Federación.
                        el  efecto  de  que  la  auto-  Décima Época.- Registro: 2016126.- Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN
                                                       MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.- Tesis: Aislada.- Fuente: Semanario Judicial
                        ridad  responsable  repare     de la Federación.- Publicación: viernes 26 de enero de 2018.- Tesis: VII.2o.C.135 C (10a.)
                        la  violación  apuntada  y
                        exhaustividad  por  medio  No hay condena en costa
                        cumpla con el principio de

                        cidos  en  las  jurispruden- si el juez reduce la tasa
                        de dicho análisis, al tenor
                        de los parámetros estable-

                        cias  1a./J.  46/2014  (10a.)
                        y 1a./J. 47/2014 (10a.), de                OSTAS  EN  EL  JUICIO  EJECUTIVO  MER-
                        la Primera Sala de nuestro            CCANTIL. SI SE REALIZA UNA REDUCCIÓN
                        Máximo Tribunal, sin que de           DE  LOS  INTERESES  PACTADOS  POR  LAS
                        ninguna manera, implique              PARTES, LA CONDENA A SU PAGO NO DEBE
                        que el tribunal se pronuncie          DECRETARSE CONFORME AL ARTÍCULO 1084,
                        sobre la invalidez o validez          FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO DE COMERCIO,
                        de que tal porcentaje fuera           SINO QUE DEPENDERÁ DEL PRUDENTE AR-
                        usurario, en razón de que             BITRIO DEL JUZGADOR, Y SI SE PROCEDIÓ
                        ello  es  materia  de  fondo          CON TEMERIDAD O MALA FE. La Primera Sala
                        que  corresponderá  a  la             de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en
                        responsable. Dicho estudio            la jurisprudencia 1a./J. 14/98, de rubro: "COSTAS
                        a efectuar por la autoridad           EN  UN  JUICIO  EJECUTIVO  MERCANTIL.  SU
                        responsable,  lo  realizará           PROCEDENCIA CUANDO LA CONDENA EN EL
                        con libertad de jurisdicción,         JUICIO FUE ÚNICAMENTE PARCIAL, DEPEN-
                        para esclarecer si los intere-        DERÁ DEL PRUDENTE ARBITRIO DEL JUZGA-
                        ses constituyen o no usura,           DOR.",  estableció  que  en  los  juicios  ejecutivos
                        precisándole la innecesaria           mercantiles en los que se decrete una condena
                        actualización de todos los            parcial, la procedencia de las costas dependerá
                        parámetros-guía objetivos y           del prudente arbitrio del juzgador. Ahora bien, en
                        del elemento subjetivo, para          los casos en que se efectúe una reducción de los
                        concluir la existencia de la          intereses pactados por las partes, ya sea porque
                        explotación del hombre por            sobre ese tema se haya opuesto alguna defensa
                        el hombre, en su modalidad            o excepción, o por la actuación oficiosa del juz-
                        de usura.                             gador, en términos de la jurisprudencia citada, se
                                                              actualiza el supuesto de una sentencia en la que
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