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UCUANDO  ES  EL  ACREEDOR  Los jueces deben
              SURA.  NO  SE  ACTUALIZA

         ORIGINAL  QUIEN  DEBE  PAGAR
         INTERESES, ATENTO A  QUE  FUE
         ÉSTE  QUIEN  FIJÓ  LA  TASA  DE              analizar ex officio
         INTERÉS AL HABER ELABORADO
         UNILATERALMENTE EL CONTRATO
         DE ADHESIÓN.El artículo 85 de la Ley                si los intereses
         Federal de Protección al Consumidor
         establece que el contrato de adhesión                                                                    Mercantil
         es el documento elaborado unilateral-
         mente por el proveedor para establecer           pactados por los
         en formatos uniformes los términos y
         condiciones aplicables a la adquisición
         dada elaboró unilateralmente el contra- contratantes son
         de un producto o la prestación de un
         servicio. En este contexto, si la deman-

         to base de la acción y, por tanto, es ella
         quien determinó la tasa de interés que               o no usurarios;
         se pagaría por el incumplimiento de las
         obligaciones pactadas en dicho instru-
         mento, no puede cuestionar dichos in-
         tereses argumentando que constituyen        de ser así, reducir
         usura, cuando fue ésta quien los fijó.
         Además, la Primera Sala de la Supre-
         determinó que el artículo 21, numeral  prudencialmente
         ma Corte de Justicia de la Nación, en
         la jurisprudencia 1a./J. 54/2016 (10a.),

         3, de la Convención Americana sobre
         Derechos Humanos prohíbe la usura y
         ésta se presenta cuando una persona                                       la tasa
         obtiene, en provecho propio y de modo
         abusivo sobre la propiedad de otro, un
         interés excesivo derivado de un présta-
         mo, lo que implica que la usura no se           SURA.  PROCEDIMIENTO  QUE  DEBE
         actualiza cuando es el acreedor original  UREALIZAR EL TRIBUNAL COLEGIADO
         quien debe pagar intereses, sino sólo  DE  CIRCUITO  CUANDO  LA AUTORIDAD
         cuando es a favor del deudor.              RESPONSABLE  OMITE  ESTUDIAR  SU
               Amparo directo 334/2017. Autoclub Autofinanciamien-  POSIBLE ACTUALIZACIÓN, ATENTO AL
               to, S.A. de C.V. 26 de octubre de 2017. Unanimidad   PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD.Todas las
               de votos. Ponente: Roberto Ramírez Ruiz. Secretario:   autoridades, en el ámbito de sus competen-
               Guillermo Bravo Bustamante.
               Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 54/2016 (10a.),  cias, están obligadas a proteger los derechos
               de título y subtítulo: "USURA. SU PROHIBICIÓN APLI-  humanos consagrados en la Constitución Polí-
               CA TANTO PARA LOS INTERESES ORDINARIOS   tica de los Estados Unidos Mexicanos y en los
               COMO PARA LOS MORATORIOS PACTADOS EN UN
               PAGARÉ." citada, aparece publicada en el Semanario  tratados internacionales de los que el Estado
               Judicial de la Federación del viernes 18 de noviembre   Mexicano sea Parte. Uno de esos derechos
               de 2016 a las 10:29 horas y en la Gaceta del Semana-  tutelados es el de la propiedad privada, siendo
               rio Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 36,
               Tomo II, noviembre de 2016, página 883.  la prohibición de la explotación del hombre por
               Esta tesis se publicó el viernes 02 de febrero de  el hombre en su modalidad de usura, una de
               2018 a las 10:04 horas en el Semanario Judicial de   las maneras de garantizar su ejercicio. En este
               la Federación.                       tenor, los Jueces de instancia o, en su defecto,
               Décima Época.- Registro: 2016179.- Instancia: SÉPTI-
               MO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL  los tribunales de alzada -en los casos en que
               PRIMER CIRCUITO.- Tesis: Aislada.- Fuente: Sema-  proceda la apelación- deben analizar ex officio
               nario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes   si los intereses pactados por los contratantes
               02 de febrero de 2018.- Tesis: I.7o.C.38 C (10a.)
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