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27 Jurisprudencia FirMe
que la controversia se solucione TERiO PÚBliCO dE FORMulaR la aCuSaCiÓN RESPECTiVa EN El PlaZO dE
en el menor tiempo posible, sin diEZ dÍaS uNa VEZ CERRada la iNVESTiGaCiÓN, NO ES MOTiVO PaRa dECRE-
TaRlO (NuEVO SiSTEMa dE JuSTiCia PENal EN El ESTadO dE CHiHuaHua).»,
trastocar el principio de justicia aprobada por el Tribunal Colegiado del décimo Séptimo Circuito y publicada en el
pronta que prevé el artículo 17 Semanario Judicial de la Federación del viernes 11 de diciembre de 2015 a las 11:15
de la Constitución Política de los horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, décima Época, libro
Estados unidos Mexicanos. Por 25, Tomo ii, diciembre de 2015, página 1311, y Tesis XVii.1o.P.a.46 P (10a.), de título y
subtítulo: «FORMulaCiÓN dE la aCuSaCiÓN. Si El MiNiSTERiO PÚBliCO OMiTE
tanto, no procede sobreseer en REaliZaRla EN El PlaZO dE diEZ dÍaS uNa VEZ CERRada la iNSTRuCCiÓN,
la causa en términos del artículo dEBE dECRETaRSE El SOBRESEiMiENTO EN la CauSa PENal POR PRECluiR
288, fracción iV, del Código de ESa FaCulTad (lEGiSlaCiÓN dEl ESTadO dE CHiHuaHua, NuEVO SiSTEMa
dE JuSTiCia PENal).», aprobada por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal
Procedimientos Penales del Es- y administrativa del décimo Séptimo Circuito, y publicada en el Semanario Judicial de la
tado de Chihuahua, si el escrito Federación del viernes 7 de abril de 2017 a las 10:11 horas y en la Gaceta del Semanario
de acusación, aun de manera Judicial de la Federación, décima Época, libro 41, Tomo ii, abril de 2017, página 1739.
Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del martes 21 de no-
extemporánea, fue presentado viembre de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del acuerdo General
y con ello el Ministerio Público Plenario 19/2013.
externó la voluntad del Estado Décima Época.- Registro: 2015551.- instancia: PlENO dEl dECiMOSÉPTiMO CiR-
Mexicano de enderezar una CuiTO.- Tesis: Jurisprudencia.- Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publica-
ción: viernes 17 de noviembre de 2017.- Tesis: PC.XVii. J/11 P (10a.)
acusación en el caso concreto,
toda vez que si las partes se
impusieron de su contenido y Suspensión en el amparo
estuvieron en posibilidad de
postura validaron y consintieron en el nuevo régimen penal
establecer su defensa, con su
la continuación del procedimien-
to y, en todo caso, les corres- USPENSIÓN EN EL AMPARO EN MATERIA PE
ponderá debatir las cuestiones SNAL. PARA RESOLVER SOBRE SU OTOR-
de fondo vinculadas con la GAMIENTO CON MOTIVO DE LA ENTRADA EN
acusación; empero, respecto a VIGOR DEL NUEVO SISTEMA PROCESAL PENAL
la formalidad del plazo previsto ACUSATORIO, ES INDISPENSABLE VERIFICAR LA
en el artículo 287 del código LEGISLACIÓN CON LA QUE SE INICIÓ EL ASUNTO
adjetivo penal en comento, se DEL QUE EMANA EL ACTO RECLAMADO, PUES
actualiza la preclusión del de- ESA CIRCUNSTANCIA ES LA QUE DETERMINARÁ
recho a reclamar su ilegalidad, SI ES LA LEY DE AMPARO VIGENTE O LA ABRO-
debido a la irreversibilidad a las GADA LA QUE SE OBSERVARÁ EN SU TRÁMITE Y
distintas etapas en el desarrollo RESOLUCIÓN. la Constitución Política de los Estados
del proceso. unidos Mexicanos es un cuerpo normativo coherente y
Contradicción de tesis 1/2017.
Entre las sustentadas por el Primer homogéneo, razón por la cual, no existe contradicción
Tribunal Colegiado en Materias entre los preceptos que la conforman, lo que incluye
Penal y administrativa, y el Tribu- a los transitorios, porque éstos complementan la apli-
nal Colegiado, ambos del décimo cación y vigencia de toda esa ley Suprema; esto es,
Séptimo Circuito. 26 de septiembre
de 2017. Mayoría de tres votos determinan excepciones o restricciones tanto en la
de los Magistrados Miguel Ángel aplicación de sus disposiciones, como en la de las que
González Escalante, ignacio Cuen- derivan de ella. En este contexto, aun cuando la ley
ca Zamora y luis ignacio Rosas
González, presidente del Pleno de de amparo fue reformada el 17 de junio de 2016 y se
Circuito, quien ejerció su voto de derogó su artículo décimo transitorio que disponía que
calidad, en términos de lo dispuesto en los casos donde no haya entrado en vigor el nuevo
por el artículo 42 del acuerdo Ge- sistema de justicia penal acusatorio, la suspensión en
neral 8/2015 del Pleno del Consejo
de la Judicatura Federal, relativo a materia penal se regiría conforme a la ley de amparo
la integración y funcionamiento de abrogada; esto no implica que lo dispuesto en el artículo
los Plenos de Circuito. disidentes: 19 constitucional vigente, pueda aplicarse a aquellos
Marta Olivia Tello acuña, daniel
Ricardo Flores lópez y Gerardo casos que se iniciaron con el anterior sistema de justi-
Torres García. Ponente: luis igna- cia penal, porque se pasaría por alto el artículo cuarto
cio Rosas González. Secretaria: transitorio del decreto por el que se reforman y adicio-
Martha Cecilia Zúñiga Rosas. nan diversas disposiciones de la Constitución Federal,
Tesis contendientes: Tesis XVii.13
P (10a.), de título y subtítulo: «SO- publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de
BRESEiMiENTO EN la CauSa junio de 2008, que establece que los procedimientos
PENal. la OMiSiÓN dEl MiNiS- penales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor