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         especial que rige las relaciones    agosto de 2017. Mayoría de cuatro votos de los Ministros alberto Pérez dayán, José
         entre el Estado y sus miembros,     Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz luna Ramos y Eduardo Medina
                                             Mora i. disidente: Javier laynez Potisek. Ponente: Eduardo Medina Mora i. Secretario:
         resultando inconcuso que ese  luis Javier Guzmán Ramos.
         procedimiento no se asemeja a  Amparo en revisión 434/2017. Javier Ruiz armenta. 6 de septiembre de 2017. Mayoría
         uno de naturaleza administrativa    de cuatro votos de los Ministros alberto Pérez dayán, José Fernando Franco González
         sancionatoria, pues este último     Salas, Margarita Beatriz luna Ramos y Eduardo Medina Mora i. disidente: Javier lay-
                                             nez Potisek. Ponente: Eduardo Medina Mora i. Secretario: luis Javier Guzmán Ramos.
         se caracteriza por la actuación  Tesis de jurisprudencia 162/2017 (10a.). aprobada por la Segunda Sala de este alto
         del Estado como ente punitivo       Tribunal, en sesión privada del quince de noviembre de dos mil diecisiete.
         en términos de sus facultades       Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 27 de noviembre
                                             de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del acuerdo General Plenario
         constitucionales  en  un  plano  19/2013.
         de supra a subordinación. En        Décima Época.- Registro: 2015635.- instancia: Segunda Sala.- Tesis: Jurisprudencia.-
         consecuencia, dentro de los pro-    Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 24 de noviembre de
          cedimientos de separación de       2017.- Tesis: 2a./J. 162/2017 (10a.)
          los servidores públicos mencio-
          constitucional  de  presunción  Omision del MP de hacer la
          nados, es inaplicable el principio

          de inocencia, en virtud de que
          éste  sólo  es  exigible  cuando   acusación en el plazo legal
          en el procedimiento subyace el
          ejercicio de una facultad punitiva
          del Estado y no una relación de
          coordinación, aun cuando ésta                     CUSACIÓN. SI EL MINISTERIO PÚBLICO OMITE
          derive de un régimen especial                 AFORMULARLA EN EL PLAZO DE 10 DÍAS UNA
          regulado por normas de carácter               VEZ  CERRADA  LA  INVESTIGACIÓN,  DEBE  PRE-
          administrativo, en términos del               VENÍRSELE POR CONDUCTO  DE SU  SUPERIOR
          citado artículo 123, apartado B,              JERÁRQUICO, PARA QUE PROCEDA CONFORME
          fracción Xiii, constitucional.                A ALGUNA DE LAS HIPÓTESIS PREVISTAS EN EL
               Amparo en revisión 352/2016. Ós-
               car Tadeo González Carpio larios.        ARTÍCULO 287 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
               23 de noviembre de 2016. Mayoría         PENALES DEL ESTADO, DENTRO DEL TÉRMINO DE
               de  cuatro  votos  de  los  Ministros    3 DÍAS, CON EL APERCIBIMIENTO DE SOBRESEER
               Eduardo  Medina  Mora  i.,  José         EN LA CAUSA EN CASO DE INCUMPLIMIENTO (LE-
               Fernando Franco González Salas,
               Margarita  Beatriz  luna  Ramos  y       GISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, NUEVO
               alberto  Pérez  dayán.  disidente:       SISTEMA DE JUSTICIA PENAL). El artículo indicado,
               Javier  laynez  Potisek.  Ponente:       comprendido en lo individual, padece un vacío norma-
               José  Fernando  Franco  González
               Salas. Secretaria: Jocelyn Montse-       tivo, debido a que no contempla la consecuencia por la
               rrat Mendizábal Ferreyro.                omisión del Ministerio Público de formular acusación
               Amparo  en  revisión  374/2016.          dentro del plazo de 10 días, lo que da lugar a una inde-
               Filiberto  Mata  Mendoza.  30  de
               noviembre  de  2016.  Mayoría  de        terminación para que lo realice, en contravención a los
               cuatro votos de los Ministros Eduar-     derechos humanos del imputado a un debido proceso,
               do Medina Mora i., José Fernando         reconocidos por los artículos 1o., 14, 16 y 20 de la Cons-
               Franco González Salas, Margarita         titución Política de los Estados unidos Mexicanos; sin
               Beatriz luna Ramos y alberto Pérez
               dayán; reservó criterio alberto Pé-      embargo, apelando a la interpretación sistemática que
               rez dayán. disidente: Javier laynez      permite aplicar el principio de «la unidad y coherencia
               Potisek. Ponente: José Fernando          del ordenamiento jurídico», entendido en el sentido de
               Franco González Salas. Secretaria:
               Jocelyn  Montserrat  Mendizábal          que una norma jurídica no se encuentra sola, sino ligada
               Ferreyro.                                a otras, formando un sistema normativo, lo cual permite
               Amparo  en  revisión  256/2017.          que se completen, al asociarse en una regulación con
               Francisco Javier García Barrientos.
               2 de agosto de 2017. Mayoría de          otras, por esa razón, al conectar el precepto referido
               cuatro  votos  de  los  Ministros al-    con el diverso 286 del propio código, en la porción que
               berto Pérez dayán, José Fernando         establece que si el Ministerio Público no declara cerrada
               Franco González Salas, Margarita         la investigación en el plazo fijado, o no solicita su pró-
               Beatriz  luna  Ramos  y  Eduardo
               Medina  Mora i.  disidente:  Javier      rroga, el Juez informará al superior jerárquico de aquél,
               laynez Potisek. Ponente: Margarita       para que la cierre, ello permite colegir válidamente la
               Beatriz  luna  Ramos.  Secretaria:       intención del legislador ante la omisión apuntada; en
               Estela Jasso Figueroa.
               Amparo  en  revisión  485/2017.          tal virtud, el Juez debe prevenir al Ministerio Público
               Faustino Carranco Sánchez. 30 de         por conducto de su superior jerárquico para que dentro
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