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Jurisprudencia Fir-                                 24
           anterior, esta Primera Sala de     Colegiado del décimo Octavo Circuito, actual Tribunal Colegiado en Materia Civil del
           la  Suprema  Corte  de  Justicia   décimo Octavo Circuito. 28 de junio de 2017. la votación se dividió en dos partes:
                                              mayoría de cuatro votos por la competencia. disidente: José Ramón Cossío díaz.
           de la Nación considera que el  unanimidad de cinco votos de los Ministros arturo Zaldívar lelo de larrea, José Ramón
           Ministerio Público, de estimarlo  Cossío díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo, alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma lucía
           procedente,  debe  solicitar  la   Piña Hernández, en cuanto al fondo. Ponente: alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretario:
           vinculación a proceso después      Jorge Vázquez aguilera.
                                              Tesis y/o criterio contendientes: El Tribunal Colegiado en Materia Civil del decimoc-
           de  formulada  la  imputación  y  tavo Circuito, antes Quinto Tribunal Colegiado del décimo Octavo Circuito, al resolver
           de que el imputado haya teni-      el amparo en revisión 498/2014, sostuvo la tesis aislada XViii.5o.1 P (10a.), de título
           do oportunidad de contestar el     y subtítulo: «auTO dE ViNCulaCiÓN a PROCESO. Si El iMPuTadO SOliCiTÓ la
                                              PRÓRROGa a QuE aludE El aRTÍCulO 19 CONSTiTuCiONal PaRa QuE SE lE
           cargo, pero previamente a que  RESuElVa Su SiTuaCiÓN JuRÍdiCa, El MiNiSTERiO PÚBliCO ESTÁ EN aPTi-
           el justiciable decida si se acoge   Tud dE REQuERiR QuE SE dECRETE aQuÉl, PREViaMENTE a ORdENaR la
           o no al plazo a que alude el ar-   SuSPENSiÓN dE la audiENCia CElEBRada CON MOTiVO dE la aMPliaCiÓN
                                              dEl PlaZO CONSTiTuCiONal (NuEVO SiSTEMa dE JuSTiCia PENal EN El ES-
           tículo 19 constitucional -o a su  TadO dE MORElOS).», visible en el Semanario Judicial de la Federación del viernes
           ampliación- para que se resuel-    19 de febrero de 2016 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la
           va sobre su situación jurídica,    Federación, décima Época, libro 27, Tomo iii, febrero de 2016, página 2026, registro
           pues  sólo  así  la  elección  de   digital: 2011027.
                                              El Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, al resolver el amparo
           postergar la resolución judicial  en revisión 26/2015, sostuvo que si el imputado decide acogerse al plazo constitucional
           respectiva tendrá como base el     a que alude el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos,
           previo conocimiento de las razo-   en ese momento el Ministerio Público debe solicitar y motivar el auto de vinculación a
                                              proceso, exponiendo en la misma audiencia los antecedentes de la investigación con
           nes específicas por las cuales  los que considera que existen datos que establecen se ha cometido un hecho que la
           los datos de prueba recabados      ley señala como delito y que existe la probabilidad de que el imputado lo cometió o
           durante la investigación informal   participó en su comisión.
           justificarían dicho acto de moles-  Tesis de jurisprudencia 120/2017 (10a.). aprobada por la Primera Sala de este alto
                                              Tribunal, en sesión de veintidós de noviembre de dos mil diecisiete.
           tia, permitiendo al imputado y a  Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 04 de diciembre
           su defensor, como resultado de     de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del acuerdo General Plenario
           un acto informado, presentar en    19/2013.
                                              Décima Época.- Registro: 2015704.- instancia: Primera Sala.- Tesis: Jurisprudencia.-
           la continuación de la audiencia  Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 01 de diciembre de
           inicial los medios de prueba que   2017.- Tesis: 1a./J. 120/2017 (10a.)
           consideren podrían desvirtuar la
           posponer la indicada resolución  Presunción de inocencia
           postura ministerial. En efecto, si
           el imputado o su defensor elige


           en aras del derecho de defensa,
           es lógico que esa decisión debe                    RESUNCIÓN DE INOCENCIA. EN EL PROCEDI
           partir del conocimiento previo de              PMIENTO DE SEPARACIÓN DE MINISTERIOS PÚ-
           las  razones  concretas  por  las              BLICOS DE LA FEDERACIÓN Y POLICÍAS FEDERA-
           cuales el representante social                 LES MINISTERIALES, POR NO ACREDITARSE LOS
           estima que los datos de prueba                 REQUISITOS DE PERMANENCIA PREVISTOS EN LA
           contenidos  en  la  carpeta  de                LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL
           investigación acreditan la exis-               DE LA REPÚBLICA, RESULTA INAPLICABLE ESE
           tencia del hecho materia de la                 PRINCIPIO. El procedimiento de separación contenido
           imputación y la probabilidad de                en la ley Orgánica de la Procuraduría General de la
           que  el  imputado  lo  cometió  o              República, por no acreditarse los requisitos de perma-
           participó en su comisión, pues                 nencia previstos en los artículos 34, fracciones i, inciso
           sólo así estará en condiciones                 f), y ii, inciso e), así como 35, fracciones i, inciso b),
           de ofrecer los medios de con-                  y ii, inciso a), ambos del ordenamiento legal referido,
           vicción idóneos para desvirtuar                versa únicamente sobre el posible incumplimiento de
           la imputación; es más, de no se-               aquellas exigencias que deben satisfacerse para seguir
           guirse ese orden, el Juez podría               ejerciendo el cargo asignado y que, en términos del
           tener dificultades para calificar              precepto 123, apartado B, fracción Xiii, primer párrafo,
           la pertinencia de los datos de                 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexi-
           prueba que la defensa pretende                 canos, las legislaturas de los Estados están facultadas
           incorporar.                                    para establecerlas con libertad de configuración; por
                Contradicción de tesis 212/2016.          tanto, la separación de agentes del Ministerio Público
                Entre las sustentadas por el Segun-
                do Tribunal Colegiado del Vigésimo        de la Federación y de la Policía Federal Ministerial de-
                Quinto Circuito y el Quinto Tribunal      riva específicamente del marco administrativo-laboral
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