Page 23 - JF248_Neat
P. 23
23 Jurisprudencia FirMe
to, cuando no existen pruebas CiÓN MiNiSTERial Y CONCluYa la diliGENCia, a la QuE dE MaNERa VOluN-
que pongan de manifiesto que TaRia aSiSTiÓ, CON MOTiVO dE uNa ORdEN dE BÚSQuEda, lOCaliZaCiÓN Y
PRESENTaCiÓN.» y «dETENCiÓN POR CaSO uRGENTE. la CiRCuNSTaNCia dE
el indiciado se haya marchado QuE la ORdENada POR El MiNiSTERiO PÚBliCO RESulTE ilEGal NO iNCidE
del lugar después de rendir su EN la ValidEZ Y liCiTud dE la dEClaRaCiÓN MiNiSTERial RENdida POR
declaración ministerial, se pre- El iNdiCiadO CON MOTiVO dE uNa ORdEN dE BÚSQuEda, lOCaliZaCiÓN Y
sume que permaneció en cali- PRESENTaCiÓN a la QuE aSiSTiÓ VOluNTaRiaMENTE, Ni dE laS PRuEBaS
dERiVadaS dE ESTE aCTO.», publicadas en el Semanario Judicial de la Federación
dad de detenido desde que se del viernes 6 de octubre de 2017 a las 10:16 horas y en la Gaceta del Semanario Judi-
le limitó su libertad ambulatoria, cial de la Federación, décima Época, libro 47, Tomo i, octubre de 2017, páginas 345
en virtud de la referida orden de y 347, respectivamente.
Esta tesis considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 04 de diciembre
localización y presentación, lo de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del acuerdo General Plenario
que torna ilegal esa detención. 19/2013.
En consecuencia, si el sujeto Décima Época.- Registro: 2015779.- instancia: Tribunales Colegiados de Circuito.- Te-
sis: Jurisprudencia.- Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes
no es detenido en flagrancia ni 01 de diciembre de 2017.- Tesis: XX.1o.P.C. J/5 (10a.)
en ejecución de una orden de
detención, por notoria urgencia, Vinculación a proceso: MP,
previamente emitida por el Mi-
constitucionalmente previstos, oportunidad para solicitarlo
nisterio Público, en los términos
sino en virtud de esa orden
de localización y presentación INCULACIÓN A PROCESO. MOMENTO EN EL
ministerial, ello torna evidente VCUAL EL MINISTERIO PÚBLICO DEBE SOLICI-
que desde su «presentación» TARLA (CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS
siempre estuvo en calidad de de- PENALES Y CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENA-
tenido; entonces, esa detención LES DEL ESTADO DE MORELOS ABROGADO). de la
es ilegal, lo que, a su vez, con- lectura de los artículos 309 y 313 del Código Nacional de
lleva la exclusión de las pruebas Procedimientos Penales -de contenido similar a los nume-
que directa o indirectamente se rales 280 y 281 del Código de Procedimientos Penales del
hayan obtenido a partir de ésta, Estado de Morelos abrogado-, deriva una duda legítima
por carecer de valor probatorio. relativa a si la solicitud de vinculación a proceso debe
Amparo directo 4/2016. 6 de mayo
de 2016. unanimidad de votos. formularla el Ministerio Público antes de que el imputado
Ponente: daniel Sánchez Montalvo. decida si se acoge o no al lapso de 72 horas para que se
Secretaria: irma Elizabeth Monzón resuelva sobre su situación jurídica -o a su ampliación-,
Velasco.
Amparo directo 227/2016. 8 de o si puede hacerse posteriormente, incluso, en la conti-
julio de 2016. unanimidad de votos. nuación de la audiencia inicial, una vez que hubieran sido
Ponente: daniel Sánchez Montalvo. recibidos los medios de convicción presentados por la de-
Secretaria: irma Elizabeth Monzón fensa. ahora bien, para resolver dicha duda, debe partirse
Velasco.
Amparo directo 145/2015. 14 de de las premisas siguientes: 1) la vinculación a proceso
julio de 2016. unanimidad de votos. debe pedirse después de formularse la imputación y de
Ponente: Carlos arteaga Álvarez. que el imputado tuvo oportunidad de contestar el cargo;
Secretario: Juan Manuel Morán
Rodríguez. y, 2) el plazo de 72 horas como límite para la detención
Amparo directo 100/2016. 23 de ante autoridad judicial, establecido por el artículo 19 de la
septiembre de 2016. unanimidad Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos,
de votos. Ponente: Jorge Mason constituye un derecho fundamental, cuya ampliación pro-
Cal y Mayor. Secretario: Salomón
Zenteno urbina. cede sólo cuando el propio imputado lo solicita, lo cual
Amparo directo 637/2016. 18 de implica que esa extensión temporal opere a su favor y
noviembre de 2016. unanimidad nunca en su contra. así, dichas proposiciones constituyen
de votos. Ponente: darinel de Jesús
Rodríguez Moreno, secretario de la pauta interpretativa que permite considerar, por un lado,
tribunal en funciones de Magistra- que la imputación y la solicitud de vinculación a proceso
do. Secretario: luis alfredo Gómez son actuaciones distintas y, por otro, que la decisión del
Canchola.
Nota: En relación con el alcance imputado de postergar la resolución sobre la vinculación
de la presente tesis, destacan las o no a proceso no puede operar en su detrimento, pues
diversas jurisprudenciales 1a./J. su finalidad es que tenga más tiempo para ejercer su de-
51/2017 (10a.) y 1a./J. 52/2017 fensa, tan es así, que el artículo 314 del Código Nacional
(10a.), de títulos y subtítulos: «dE-
TENCiÓN POR CaSO uRGENTE. establece la posibilidad, sólo para el imputado y no para
El MiNiSTERiO PÚBliCO PuEdE el Ministerio Público, de incorporar durante ese lapso los
dECRETaRla, uNa VEZ QuE El medios de convicción que estime convenientes. Por lo
iNdiCiadO RiNda Su dEClaRa-