Page 20 - Reglamento Interno HT
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CAPITULO V HIGH TOWERS
HIGH TOWERS ELITE
ELITE
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONESDE LOS CONDÓMINOS
ARTÍCULO 20.- Todo Condómino, Usuario o visitante deberá cumplir con la Ley, con la Escritura Cons�tu�va, con el
presente Reglamento Interno y con los acuerdos que legalmente se adopten en Asamblea General de Condóminos.
ARTÍCULO 21.- Los Condóminos tendrán respecto a sus bienes priva�vos, los derechos y obligaciones siguientes:
a) Contribuir al Fondo de Conservación, Gastos de Mantenimiento y al Fondo de Reserva del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE.
b) Disfrutar de su Unidad de Propiedad Priva�va con todos los derechos en los términos previstos en el Código Civil, por tanto
podrá enajenar, hipotecar, celebrar cualquier contrato a los que se refiere el derecho común con las modalidades y
limitaciones que establecen las leyes o en cualquier forma gravar su Unidad de Propiedad Privada sin necesidad del
consen�miento de los demás Condóminos, incluyendo en la enajenación o gravamen los derechos sobre los bienes comunes
en la parte proporcional que les correspondan.
c) Usufructuar su Unidad de Propiedad Privada de manera ordenada y tranquila conforme al des�no general del Condominio y
al especial que le haya sido determinado. No podrán des�nar su Unidad de Propiedad Privada a usos contrarios a la moral o
a las buenas costumbres, ni a los que se encuentran expresamente prohibidos en este Reglamento Interno, o los que se
determinen con posterioridad. Tampoco podrán ejecutar acto alguno que afecte la tranquilidad o seguridad de los demás
Condóminos u Ocupantes del Condominio o actos que puedan afectar la seguridad o estabilidad de las torres, ni incurrir en
omisiones que ocasionen los mismos resultados.
d) Arrendar o en cualquier forma conceder a un tercero el uso y disfrute de su Unidad de Propiedad Privada. No podrán ser
objeto de venta o arrendamiento parte de los mismos, como piezas, recámaras, cuartos de servicio, bodegas o
estacionamientos, igualmente deberán respetarse las demás limitaciones y prohibiciones que la Ley y este Reglamento
Interno le imponen.
e) Realizar toda clase de obras, mejoras, reparaciones, siempre y cuando no afecten ni entorpezcan el funcionamiento de las
áreas o servicios comunes y priva�vos y se sujeten a todos los lineamientos que se mencionan en este Reglamento Interno.
No podrán hacer cualquier obra o modificación que afecte fachadas o el aspecto general del Condominio.
f) En general podrán ejercer sus derechos de propietarios con las limitaciones, modalidades y prohibiciones que prevengan la
Ley y este Reglamento Interno.
g) No podrá ningún Condómino afectar la áreas verdes del Condominio, en caso de que exis�era alguna afectación o cambio, el
Administrador tendrá la obligación de emi�r un reporte en un plazo no mayor de dos días hábiles a la Procuraduría Ambiental.
h) Mantener en buen estado de conservación y funcionamiento, los servicios o instalaciones comunes, absteniéndose de todo
acto, aún en el interior de su Unidad de Propiedad Privada, que impida o haga menos eficaz la operación de los
servicios comunes e instalaciones generales o que limite o afecte la propiedad de los demás Condóminos.
i) A permi�r que el Administrador verifique el cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento Interno.
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Reglamento Interno del Condominio High Towers Elite
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