Page 76 - FLIP DERECHO ADMINISTRATIVOV3_Classical
P. 76
b. Los Gobiernos de las entidades federativas
c. Los ayuntamientos en los municipios a través de la Secretaría de Programación y
Presupuesto y a partir de 1992 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
FIDUCIARIOS
Es el encargado de un fideicomiso.
Ejemplos: las bancas de desarrollo, que mercantilmente funcionan como Sociedades Nacionales
de Crédito (Art. 30 de la LIC).
Las bancas múltiples, que mercantilmente funcionan como Sociedades Anónimas con
autorización federal (Art. 9 de la LIC)
FIDEICOMISARIO
Es la persona física o moral que tiene la capacidad jurídica necesaria para recibir el beneficio que
resulta del objeto del fideicomiso, a excepción del fiduciario.
Son los sectores geográficos económicos o los agentes económicos personalizados, a los que el
gobierno Federal, Estatal o municipal consideró necesario apoyar por diferentes motivos.
En algunas ocasiones dentro del fideicomiso público existe también:
DELEGADO FIDUCIARIO ESPECIAL
Es aquella persona designada en los términos de dichos contratos y que se encargará única y
exclusivamente de ejecutar todas las operaciones realizadas por el Fideicomiso de que se trate y
su nombramiento obedece exclusivamente a encargarse, con especialidad, de un Fideicomiso en
Particular, constituido por el Gobierno Federal.
Los fideicomisos se clasifican en:
1) Fideicomisos para encargos específicos:
2) Fideicomisos de fomento:
3) Fidecomisos en que los fideicomisarios
4) Los fideicomisos en que los fideicomisarios son otras entidades del gobierno
federal
5) Fideicomisos en los que los fideicomisarios es el propio fideicomitente