Page 113 - Pacto de silencio
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hablando del enfrentamiento a un tóxico, vamos a llamarlo, a un veneno; y si
ahora repartimos aquí una taza de café con estricnina o tenemos una toxina
estafilocócica, u otra, nos afecta a todos en proporción a la dosis consumida, y
se libra aquél que no lo haya consumido; esto pasa con todos los tóxicos en
general, esto es normal. Entonces hay unos conceptos de cuando se creía que
era una cosa bacteriológica, que puedes pensar en una incubación, en una
reproducción, del agente… a cuando se pasa a creer que es un tóxico en el que
tienes que prescindir, por ejemplo, de reproducciones del agente, y entonces ya
sólo influye la dosis del tóxico.
»3. ¿Cómo se explica que sea cierto que todas las familias con enfermos hayan
consumido aceite de garrafas sin etiquetas, pero desde hace más de diez años y
procedentes de fábricas diferentes, de localidades diversas, con mezclas
distintas, y que no llevan todas en su composición aceite de colza; otras se
componen de granillo, de uva, otras de girasol o cárcamo, algodón, trioleínas o
palmito, lo que indica muy variadas mezclas con sólo el hecho común del
envase en garrafas de casi cinco litros, sin etiqueta, cuyo consumo es costumbre
inveterada en los barrios periféricos de Madrid y en las localidades periféricas
de su alrededor?
»4. ¿Cómo se explica el gran número de aceites consumidos por familias con
enfermos que se han conseguido recuperar de la garrafa culpable, pero cuyo
análisis ha evidenciado que son aptos para el consumo humano por no contener
sustancias tóxicas, como acreditan los análisis realizados en los centros
competentes?
»5. ¿Cómo es posible —si el aceite es el culpable— la existencia de familias con
afectados que no han consumido jamás estos aceites, sino otros embotellados
por marca conocida y acreditada?».
Permítaseme aquí un inciso para indicar que así consta por ejemplo en el Sumario
una relación de afectados que consumieron aceite de la marca Dintel y otras, no
sospechosas de toxicidad.
También, en la acusación particular, figura el caso de una mujer que murió a
causa del síndrome tóxico, y qué mantuvo inamovible su afirmación de que jamás
probó aceite del presuntamente tóxico, hasta el punto de que antes de morir legó todo
su dinero con la finalidad de que sirviera para el estudio de las causas reales de la
intoxicación.
Otro caso destacado es el de la mujer del abogado José Merino Ruiz, María-
Concepción Navarro Hernández, fallecida igualmente en el verano de 1981 a causa
del síndrome tóxico, y que mantuvo firme su opinión de que no consumió el aceite
tóxico, entre otras razones porque llevaba muchos meses enferma de este síndrome
cuando aparecieron los primeros casos «oficiales» en mayo de 1981. ¿Cómo iba a
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