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MARCO TEÓRICO


        Al hablar de los derechos y obligaciones que se establece en la Constitución publicada en el Diario
        Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917, TEXTO VIGENTE, Última reforma publicada DOF 27-
        08-2018.

        Según el Poder Judicial define:

               DERECHO: La palabra proviene del vocablo latino  directum, que significa no apartarse del
               buen  camino,  seguir  el  sendero  señalado  por  la  ley,  lo  que  se  dirige  o  es  bien  dirigido.  En
               general se entiende por Derecho, conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para
               regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento está prevista de
               una sanción judicial.

               NORMAS:  “Regla  que  se  debe  seguir  o  a  que  se  deben  ajustar  las  conductas,  tareas,
               actividades”

                LEY:  Norma  de  Derecho  dictada,  promulgada  y  sancionada  por  la  autoridad,  aún  sin  el
               consentimiento  de  los  individuos;  tiene  como  finalidad  el  encauzamiento  de  la  actividad
               social hacia el bien común.

                EDUCACIÓN  INCLUSIVA:  La  Educación  inclusiva  implica  que  todas  las  personas  de  una
               determinada comunidad aprendan juntos independientemente de su origen, sus condiciones
               personales,  sociales  o  culturales,  incluidos  aquellos  que  presentan  cualquier  problema  de
               aprendizaje o discapacidad.

        La diferencia entre un aula inclusiva e intercultural es que en la primera se incluye a los ciudadanos
        con discapacidad física, mental, psicológica, emocional también se integran sin importar su origen
        étnico, niveles ecónomos; y en la segunda se define como respetar, aceptar e incluso adoptar las
        diversas culturas y formas de interpretar los modos de vida.

                  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Normatividad y Legislación.

        La Educación Inclusiva cuenta con una base legislativa y normativa que respalda las acciones que
        el centro escolar pueda realizar, a continuación, te compartimos las más significativas.


                      Elemento                          Descripción                       Impacto en la
                                                                                             escuela
                                      Queda      prohibida     toda    discriminación  Un trato
                                      motivada  por  origen  étnico  o  nacional,  el  normal, es
                      Artículo 1º     género,  la  edad,  las  discapacidades,  la  justo ya que
                   Constitucional     condición social, las condiciones de salud, la  todos somos
                                      religión,  las  opiniones,  las  preferencias,  el  iguales, pero a
                                      estado  civil  o  cualquier  otra  que  atente  la misma vez
                                      contra  la  dignidad  humana  y  tenga  por  diferentes.
                                      objeto  anular  o  menoscabar  los  derechos  y
                                      libertades de las personas.
                      Artículo 3º     “Todo individuo tiene derecho a recibir            Una
                   Constitucional     educación”.                                        comunidad
                                                                                         abierta y
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