Page 9 - MANUAL DE CONVIVENCIA 2015
P. 9
cativo-formativa del hogar. Artículo 39 de la ley 1098 de in-
fancia y adolescencia.
5. Aplicar el respeto por los derechos de los individuos, pero
también promover el cumplimiento de sus deberes cívicos y
sociales, como medio democrático para una efectiva convi-
vencia social y pedagógica.
6. Establecer y regular los procedimientos y acciones que ayuden
y faciliten la solución de los problemas y conflictos, cuando es-
tos se presenten, haciendo caso respectivo del debido proceso.
Artículo 26 de la ley 1098 de infancia y adolescencia. Artículo 17
del Decreto 1860/94 y la Ley 115/94 y Ley 734/2002. “La conducta punible puede ser realizada por acción o por
omisión”.
7. Proporcionar, facilitar y acompañar los espacios que permi-
tan el desarrollo de las relaciones interpersonales y grupales Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado per-
sanas y respetuosas, basadas en la autoestima, el respeto, teneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo,
la autonomía, la tolerancia, la responsabilidad, la disciplina, estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena
el compromiso y la equidad. Articulo 41 numeral 19 de la ley contemplada en la respectiva norma penal. A tal efecto, se
1098 de infancia y adolescencia. requiere que el agente tenga a su cargo la protección en con-
creto del bien jurídico protegido, o que se le haya encomen-
8. Dar cumplimiento al artículo 41 de la ley de infancia y ado- dado como garante la vigilancia de una determinada fuente
lescencia (1098) en sus numerales 8, 9, 19, 25, así como los de riesgo, conforme a la Constitución o a la ley. Ligado de la
artículos 42,43,44 de la ley 1098 código de la infancia y misma manera al Articulo 44 numeral 9 de la ley de infancia y
adolescencia, donde se exigen, se obligan y se consolidan adolescencia.
acciones, programas y elementos que conlleven al cumpli-
miento a satisfacción de las premisas que promueve la ley
desde su mención de las instituciones educativas.
9. Dar cumplimiento a los objetivos del sistema nacional de
convivencia escolar, en el articulo 4.
9. OTRAS DISPOSICIONES: Decreto 3788 de 1986; Decreto
1108 de 1994; Resolución Nº. 03353 del 2 de julio de 1993;
Artículo 24 de la Ley 115 del 8 de febrero de 1994; Ley 734
de 2002; Decreto 1860 de 1994. Decreto 2247, decreto 1290
de 2009.
10. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Garantes. Bajo el
título de “Acción y omisión”, el artículo 25 del Código Penal
de 2000 —Ley 599— dice:
8 9