Page 9 - MANUAL DE CONVIVENCIA 2015
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cativo-formativa del hogar. Artículo 39 de la ley 1098 de in-
 fancia y adolescencia.
 5.  Aplicar el respeto por los derechos de los individuos, pero
 también promover el cumplimiento de sus deberes cívicos y
 sociales, como medio democrático para una efectiva convi-
 vencia social y pedagógica.

 6.  Establecer y regular los procedimientos y acciones que ayuden
 y faciliten la solución de los problemas y conflictos, cuando es-
 tos se presenten, haciendo caso respectivo del  debido proceso.
 Artículo 26 de la ley 1098 de infancia y adolescencia. Artículo 17
 del Decreto 1860/94  y la Ley 115/94  y  Ley 734/2002.  “La conducta punible puede ser realizada por acción o por
                                         omisión”.
 7.  Proporcionar, facilitar y acompañar los espacios que permi-
 tan el desarrollo de las relaciones interpersonales y grupales   Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado per-
 sanas y respetuosas, basadas en la autoestima, el respeto,   teneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo,
 la autonomía, la tolerancia, la responsabilidad, la disciplina,   estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena
 el compromiso y la equidad. Articulo 41 numeral 19 de la ley   contemplada en la respectiva norma penal. A tal efecto, se
 1098 de infancia y adolescencia.  requiere que el agente tenga a su cargo la protección en con-
              creto del bien jurídico protegido, o que se le haya encomen-
 8.  Dar cumplimiento al artículo 41 de la ley de infancia y ado-  dado como garante la vigilancia de una determinada fuente
 lescencia (1098) en sus numerales  8, 9, 19,  25, así como los   de riesgo, conforme a la Constitución o a la ley. Ligado de la
 artículos 42,43,44 de la ley 1098 código de la  infancia y   misma manera al Articulo 44 numeral 9 de la ley de infancia y
 adolescencia,  donde se exigen, se obligan y se consolidan   adolescencia.
 acciones, programas y elementos que conlleven al cumpli-
 miento a satisfacción de las premisas que promueve la ley
 desde su mención de las instituciones educativas.
 9. Dar  cumplimiento a los  objetivos  del sistema nacional  de
 convivencia escolar, en el articulo 4.
 9.  OTRAS DISPOSICIONES:  Decreto 3788 de 1986; Decreto
 1108 de 1994; Resolución Nº. 03353 del 2 de julio de 1993;
 Artículo 24 de la Ley 115 del 8 de febrero de 1994; Ley 734
 de 2002; Decreto 1860 de 1994. Decreto 2247, decreto 1290
 de 2009.
 10. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley  de Garantes. Bajo el
 título de “Acción y omisión”, el artículo 25 del Código Penal
 de 2000 —Ley 599— dice:




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